¿Cómo tramitar el acta de nacimiento de cambio de género en Puebla?
Las personas trans son aquellas cuya identidad de género no coincide con la asignada al momento de nacer.
El pasado 3 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad la invalidez del artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil para Puebla, que ponía como requisito tener 18 años cumplidos para modificar la identidad de género en su acta de nacimiento en el Registro Civil.
En el marco del Día Internacional de la Visibilidad Transgénero, el cual se conmemora cada 31 de marzo, te decimos paso a paso cómo tramitar el acta de nacimiento de inscripción de registro de identidad de género autopercibida en el estado de Puebla.
Requisitos para el acta de nacimiento de cambio de género
Para el trámite de cambio de género ante el Registro Civil en la entidad poblana la persona que lo solicite debe acudir personalmente y debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser de nacionalidad mexicana
- Contar con 18 años de edad (aunque todavía no se actualiza, próximamente los menores de edad también podrán realizar el proceso)
- CURP certificada
- Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar)
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses
- Dos testigos con identificación oficial vigente
- Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.
- Que el acta primigenia se encuentre en el Sistema de Impresión de Actas (Sidea)
- Copia fiel del libro de origen certificada del acta de nacimiento, con una vigencia no mayor a un año de expedición
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¿Cómo tramitar el acta de nacimiento de cambio de género?
- Consulta que tu acta de nacimiento primigenia se encuentre en el Sistema de Impresión de Actas (Sidea) en el sitio www.gob.mx/ActaNacimiento, o puedes acudir a cualquier módulo del Registro Civil donde se impriman actas del Sidea, los cuales puedes ubicar en la siguiente lista. En caso contrario de que tu acta no esté dada de alta deberás realizar el trámite de la digitalización de tu acta de nacimiento.
- Deberás acudir personalmente con los requisitos que te contamos anteriormente a un Juzgado, de preferencia donde se realizó el registro de nacimiento primigenio.
- El juez correspondiente valorará la documentación que presentes y procederá al llenado de la solicitud.
- Realiza el pago de derechos del trámite, el cuál tiene un costo de 485 pesos y se puede pagar en bancos referidos en la orden de pago, o en la caja de la Secretaría de Planeación y Finanzas ubicada en la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas. Dicho pago puede realizarse en efectivo, o con tarjeta de crédito o débito.
- Una vez realizado el paso anterior, el juez emitirá la resolución.
- Posteriormente, se procederá a realizar el levantamiento de la nueva acta de reconocimiento de identidad de género autopercibida en un plazo de dos días hábiles.
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la identidad de género es la convicción personal e interna de cómo cada persona se percibe a sí misma. Entre la comunidad LGBTTT, las personas trans son aquellas cuya identidad de género no coincide con la asignada al momento de nacer, y que hace una transición a otro u otros; lo cual es una manifestación de la diversidad de la naturaleza humana.
AGA
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