Adolescente es agredido con pistola de balines por motocicletas en San Pedro, Coahuila
El joven fue atacado mientras iba caminando por la zona Centro.
Un menor de 15 años de edad fue agredido con una pistola de balines cuando caminaba por la zona centro de San Pedro, Coahuila, por lo que paramédicos de Cruz Roja lo tuvieron que auxiliar, afortunadamente la herida no fue de gravedad.
Fue la tarde del jueves cuando se reportó a las autoridades sobre una persona lesionada por arma de fuego en la avenida Catarino Benavides y calle Leona Vicario, zona centro de la ciudad sampetrina.
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Al lugar arribaron los elementos de la Policía Estatal y de la Agencia de Investigación Criminal del Estado, delegación Laguna II.
En el lugar, ya se encontraban los paramédicos de la Benemérita, quienes le brindaban los primeros auxilios al joven Genaro Israel, de 15 años de edad.
Se dijo que el menor presentaba una herida a la altura de la ceja derecha, herida que no era de gravedad, pero de igual manera lo llevarían a un hospital para su atención y ver qué no tuviera daño en el ojo.
El menor dijo a las autoridades que el caminaba por el sector mencionado y dos sujetos a bordo de una motocicleta, le dispararon una pistola de balines, hiriendole en la ceja.
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Después, los motociclistas se dieron a la huida con rumbo desconocido y no pudo indentificarlos. Ya que no hubo detenidos el caso se puso a disposición de las autoridades ministeriales para las averiguaciones correspondientes.
¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
- Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
- Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
- Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
- Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
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