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Delitos sexuales contra menores ya no prescriben en CdMx: qué implica

Ya no importará cuántos años hayan pasado desde que una persona haya sido víctima de abuso sexual infantil, podrá denunciar cuando lo decida.

Alma Paola Wong Ciudad de México /

Los delitos sexuales cometidos en contra de menores de edad ya son imprescriptibles en la Ciudad de México, tras las reformas avaladas al Código Penal del Distrito Federal este miércoles 28 de agosto en el Congreso de la ciudad.

Con esta reforma, los delitos sexuales cometidos contra niños o niñas podrán denunciarse cuando ellas lo decidan sin importar cuánto tiempo haya pasado.

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Es importante señalar que la medida es retroactiva, por lo que las personas adultas que hayan sufrido abuso sexual infantil cometido dentro de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) podrán denunciarlos sin importar el tiempo transcurrido.

El dictamen señala que se busca que las víctimas puedan acceder a la justicia en cualquier momento y que los responsables sean llevados ante las autoridades, incluso muchos años después de cometer el delito.

Entre los delitos que constituyen el abuso sexual infantil se encuentran la violación, el estupro, el abuso sexual, acoso sexual, pornografía, la trata de persona y lenocinio.

Sobre estos delitos, el diputado Alberto Martínez Urincho dijo que obstaculizan trascendentalmente el desarrollo integral del ser humano, afectando su esfera social y emocional.

El diputado de Morena, José Octavio Rivero Villaseñor, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, señaló que los efectos de estos delitos son graves y tienen consecuencias emocionales, fisiológicas y sociales; y agregó que hay más indefensión entre menos edad tenga la víctima, y la mayoría no denuncian el abuso por el tipo de vínculo que se tiene con el abusador y otros factores.

Mientras que la diputada Polimnia Romana Sierra Bárcena, del PRD, aseguró que eliminar la prescripción de los delitos sexuales es fundamental para asegurar que las víctimas puedan acceder a la justicia sin importar el tiempo transcurrido y no beneficiar a los perpetradores.

Sierra Bárcena agregó que con la reforma se envía el mensaje claro de que el abuso sexual infantil no será tolerado.

Respecto a la retroactividad de la no prescripción de los delitos sexuales cometidos contra menores, Polimnia Romana Sierra señaló lo siguiente:

“Para todos aquellos que levantaron la ceja cuando hablamos de no prescripción de delitos sexuales contra menores y creen que esta norma no va a aplicar en retroactivo, les aviso que en favor de las víctimas cualquier ley o decreto puede ser retroactiva. ¿Por qué decirles no cuando la víctima se decide a hablar, por qué negarles el acceso a la justicia? No neguemos la paz a quien ha sufrido este tipo de abuso, no les neguemos la justicia”, aseveró.

¿Qué implica que la reforma que hace imprescriptible el abuso sexual sea retroactiva?

Antes de la reforma, los delitos que se persigen por querella, como al abuso sexual infantil, prescribían en un año, “contado desde el día en que quienes puedan formular la querella o el acto equivalente, tengan conocimiento del delito y del delincuente, y en tres años fuera de esta circunstancia”.

Es decir, si una persona era víctima de abuso sexual infantil, tenía sólo un año para denunciar a partir del momento en que fuera consciente de que se cometió un delito en su contra. Lo mismo ocurría para sus padres o familiares, sólo podían denunciar estos delitos dentro del año siguiente a que se enteraran de los hechos.

Que la presente reforma sea retroactiva significa que quienes hayan sido víctimas de un delito sexual en la infancia, pueden presentar la denuncia sin importar cuánto tiempo haya pasado.

Pero si las víctimas ya presentaron una denuncia y esta fue investigada, llevada a juicio y existe sentencia, no podrán reabrir los casos.

KAT


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