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Hoy No Circula por contingencia ambiental domingo 24 de marzo: quiénes están exentos

Conoce cuáles son los vehículos que tiene prohibido circular este domingo 24 de marzo debido a las restricciones de la Fase 1 de contaminación ambiental de la Ciudad de México.

Telediario CdMx Ciudad de México /

El programa 'Hoy No Circula' de la Ciudad de México es una herramienta clave para abordar el problema de la contaminación atmosférica, por lo que sus diferentes fases ayudan a regular el tráfico vehícular y con ello reducir la contaminación del aire. 

Debido a esto, La Comisión Ambiental de la Ciudad de México activó este sábado 23 de marzo la Fase 1 de Contingencia Ambiental, ya que existen altos niveles de ozono en el aire. Esta medida tiene como objetivo mitigar la emisión de contaminantes y prevenir la repetición de niveles elevados de ozono, para proteger la salud de la población y reducir su exposición a la alta contaminación.

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Por lo que, el día domingo 24 de marzo del 2024 no podrán circular en un horario de 5:00 a 22:00 horas los siguientes automóviles:

  • Los vehículos particulares que cuenten con el holograma de verificación número 2.
  • Los vehículos particulares que tengan el holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8 y 0.
  • Los vehículos particulares con holograma de verificación 00 y 0, con engomado amarillo y terminaciones de placas 5 y 6 .
  • Las unidades que no tengan el holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas y con placas formadas por letras se les aplicará la misma restricción que a los automóviles que tengan el holograma número 2.
  • Se restringe la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, a excepción de aquellos que se encuentren dentro del Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o del Estado de México.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular según con las disposiciones indicadas en los incisos 1, 2, y 3, quienes tendrán una restricción de circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

¿Cuáles son los vehículos que quedan exentos a esta norma?

Durante la contingencia ambiental, el gobierno de la ciudad pidió a la población evitar exponerse al aire libre. Por lo que se recomienda suspender todos los eventos organizados en exteriores, así como posponer eventos masivos programados en el horario de las 13:00 y las 19:00 horas.

Sin embargo, también dio a conocer cuáles son los medios de transporte que estarán exentos del cese de actividades por la activación de la primera fase de contingencia ambiental, en la Ciudad de México:

  •  Los taxis podrán circular en el horario de 5:00 y las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal que cumplan con las especificaciones de verificación vehícular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades que cuenten con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas quedan exentas de la primera fase ambiental.

JC



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