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IMSS Guanajuato exhorta a dar de alta a trabajadoras del hogar; solo hay poco más de 2 mil registradas

El trámite de aseguramiento de las personas trabajadoras del hogar es una obligación que se encuentra dentro de la Ley del Seguro Social.

Juan Pablo Hernández Guanajuato /

La delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el estado de Guanajuato informó que solamente un total de dos mil 234 trabajadoras del hogar se encuentran dadas de alta ante la institución, esto al cierre del pasado mes de enero.

Una persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral.

Banco Bienestar en la ciudad de León
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Ante esta situación, la institución hizo un llamado a los empleadores a que realicen el trámite de aseguramiento de las personas trabajadoras del hogar ya que es una obligación que se encuentra dentro de la Ley del Seguro Social.

¿Cómo dar de alta a una trabajadora del hogar ante el IMSS?

Para ello, la oficina delegacional del IMSS en la entidad indicó que para que las personas empleadoras den de alta a las personas trabajadoras del hogar deben ingresar a www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion para hacer el trámite correspondiente.

Dentro de la mencionada liga se iniciará el trámite con los datos de la persona empleadora inicialmente para luego dar comienzo al registro de las personas que se dedican a las tareas del hogar, posteriormente habrá que confirmar la información capturada para finalizar con la generación del formato de incorporación y líneas de captura para el pago; secuencia que el mismo sistema del Instituto irá marcando, paso a paso.

Una vez hecho el registro ante el IMSS tendrá acceso a los cinco seguros del Régimen Obligatorio que son Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; así como de Guarderías y Prestaciones Sociales.

En el estado de Guanajuato se puede solicitar una copia de tu acta de matrimonio de manera presencial o bien en línea.
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Se destacó que los beneficios no son solamente para las personas que se dedican a las tareas del hogar una vez registrada y asegurada, sino también para sus beneficiarios legales como: cónyuge o concubinario, hijos y padres; esto bajo especificaciones bien establecidas en los lineamientos institucionales.

Cabe destacar que a partir del 1 de enero del año 2024 las personas empleadoras que hayan inscrito a las personas trabajadoras del hogar al mencionado régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social, deben realizar las aportaciones correspondientes al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

Por último, se recordó que, en caso de ser una persona trabajadora del hogar y la persona empleadora no ha realizado el registro ante el Instituto o esté registrada con un salario menor al que se percibe es posible presentar una denuncia en www.imss.gob.mx/denuncia o acercarse a la Subdelegación del IMSS más cercana.


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