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Caso Yigal 'N' lleva un proceso ordinario, asegura el Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco

Espinoza descarta que exista una 'laguna legal' en la cual el acusado salga beneficiado, pues el juicio corre de manera ordinaria, por lo que la audiencia intermedia será retomada.

Eliuth Arce Guadalajara /

Luego de que una vez más se suspendiera la audiencia de Yigal N. por las muertes de Estefanía, Josué y Bryan, el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, Daniel Espinoza Licón, refirió que es un proceso legal ordinario que no se ha aplazado por intereses del acusado.

“En el asunto de Yigal, estaba contemplada la audiencia intermedia es decir, que la fase en la que se cierra la investigación se dice cuales son los medios de prueba que se remiten de las partes a desahogar a juicio, la defensa finalmente hace la petición de un procedimiento abreviado, y está en manos del Ministerio Público determinar sobre si acepta o no, porque es una atribución, una materia exclusiva del Ministerio Público, por eso se difirió la audiencia, porque sí, el juez está obligado a dar tiempo a que las partes lleguen a una forma de mediación o a un mecanismo de aceleración”, dijo Daniel.
Yigal N / Fiscalía del Estado de Jalisco
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Espinoza descarta que exista una 'laguna legal' en la cual el acusado salga beneficiado, pues el juicio corre de manera ordinaria porque la defensa de Yigal N. ha pedido elementos adicionales, por lo que la audiencia intermedia será retomada, una vez concluida esta etapa.

“Es la forma ordinaria de llevar un juicio, en un primer momento la defensa era la que estaba solicitando plazos para efectos, en un primer momento el fiscal no le había hecho el procedimiento probatorio, ¿Qué es eso? Mostrarle todas las pruebas que tiene y que va a ofrecer, pero no solo las qué va a ofrecer, sino las que recabó y no va a ofrecer porque no le convienen al Ministerio Público pero sí le convienen a la defensa”, explicó Espinoza Licón.

El presidente del Ministerio Público enfatizó que el procedimiento es ordinario, pues es común que se soliciten elementos adicionales.

“En un primer momento la defensa solicita que se difiera porque no se le corrió traslado, de eso no se le hizo el descubrimiento aprobatorio no atribuible al defensor, es atribuible al Ministerio Público , señalada la otra audiencia ahora el defensor dice, bueno quiero tener unas pláticas para el procedimiento abreviado ahora es una petición de la defensa”, dijo Daniel.

SCA

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