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Chofer de Uber denuncia discriminación por discapacidad motriz, por segunda ocasión, en La Laguna

Francisco Javier solo desea recuperar su cuenta para poder seguir trabajando de manera honrada y ofreciendo el mejor servicio posible al usuario.

Redacción LA LAGUNA. /

El pasado mes de mayo, Francisco Javier Contreras de la Cruz, quien tiene un tipo de discapacidad motriz que le dificulta el habla, tuvo la desagradable experiencia de ser discriminado por un usuario de la plataforma Uber, donde presta sus servicios como chofer. Recibió una queja falsa por conducir en estado de ebriedad. Después de apelar su caso ante la plataforma digital y hacer pública la situación en las cámaras de Multimedios Laguna, pudo recuperar su cuenta que había sido suspendida.

Francisco Javier decidió autoemplearse de esta manera, ya que le era difícil conseguir empleo debido a su situación. Luego de pasar por ese amargo trago, decidió colocar un letrero en el tablero de su automóvil para informar a sus pasajeros por qué le resulta difícil hablar de manera fluida. También realizó los trámites para obtener un certificado médico que avalara su condición. A pesar de estas precauciones, como si fuera una cruel broma del destino, la madrugada del viernes 29 de septiembre, un usuario realizó exactamente el mismo reporte por conducir supuestamente en estado inconveniente y su cuenta fue suspendida nuevamente, situación que lo tiene frustrado, impotente y más que decepcionado.

"El muchacho de hecho me tocó el mismo que me atendió la vez pasada y se sacó de onda, y dijo no puede ser y le digo pues sí, sí pasó".
"Estoy muy desilusionado de la aplicación, o sea, realmente me doy cuenta de que somos solo un número más para ellos, porque ellos se supone que ya tienen mi soporte, mi papelería que ya había enviado anteriormente cuando me reactivaron la cuenta, pero pues no".

Francisco Javier Contreras hizo el mismo trámite de la ocasión anterior en las oficinas locales de Uber y a través de correo electrónico, pero hasta la fecha no ha recibido respuesta y no puede trabajar para llevar el sustento a su hogar, pues además es padre de familia.

"O sea, es nuestra fuente de empleo, y volvemos a lo mismo: qué cerebro tan chiquito de la gente. No se dan cuenta del daño que le hacen a uno, porque de aquí uno vive, y a lo mejor para ellos es tan fácil levantar un falso reporte que no miden las consecuencias".
"Creo que cuando alguien anda con algunas copas, pues se percibe", hasta "que sepan que se volvió a repetir".
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Francisco Javier solo desea recuperar su cuenta para poder seguir trabajando de manera honrada y ofreciendo el mejor servicio posible al usuario, como siempre lo ha hecho. Pide a Uber que revise su caso y a la sociedad en general que sea más tolerante, pues como reza el letrero en su tablero: "El que no pueda hablar como tú no significa que esté borracho, y mucho menos que no pueda desempeñar su función como chofer".

¿Dónde y cómo denunciar la discriminación a personas discapacitadas?

Cualquier queja o denuncia por discriminación pueden hacerla en el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación, la cual puedes presentarla de la siguiente manera.

La petición puede presentarse a través de las siguientes vías:

- Personal: Londres #247, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

- Telefónica: 800 543 0033 y (55) 5262 1490

- Por escrito: en la Oficialía de Partes ubicada en Londres #247 PB, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.

- Correo electrónico: quejas@conapred.org.mx

- Página web: Formulario electrónico.

Cabe destacar que, con base en lo establecido en el artículo 49, segundo párrafo, de la Ley Federal para Prevenir la Discriminación, las quejas presentadas por vía telefónica, fax, por la página web institucional o el correo electrónico institucional, deberán ratificarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación, pues de lo contrario se tendrán por no presentadas

Cuando la queja es calificada como un presunto acto, omisión o práctica social discriminatoria, se solicitará un informe en relación a los hechos a la persona particular, servidora pública federal o poder público federal a quien se atribuye la conducta discriminatoria, el cual deberá rendir dentro del plazo máximo de diez días hábiles siguientes al de la fecha de su notificación.

EC

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