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Airbnb en CdMx será regulado; gobierno presentará ley para evitar la gentrificación

La iniciativa buscará reformar la Ley de Turismo del Distrito Federal; se espera que se apruebe antes del 15 de diciembre de 2023.

Alma Paola Wong Ciudad de México /

El Gobierno de la Ciudad de México presentará una iniciativa de ley, la cual buscará regular la renta de hospedaje que se ofrece en plataformas digitales, como Airbnb, con el objetivo de evitar la gentrificación de la capital del país.

Martí Batres, jefe de Gobierno de la Ciudad, explicó que la iniciativa buscará reformar la Ley de Turismo del Distrito Federal. Se espera que esta se discuta y apruebe durante la sesión legislativa que finaliza el 15 de diciembre de 2023.

¿Qué buscará la Ley para reformar Airbnb en CdMx?

La reforma a la Ley de Turismo del Distrito Federal tendrá el objetivo de que los inmuebles de uso habitacional que formen parte de plataformas como Airbnb sean seguros, que cuenten con las condiciones de salubridad adecuadas y evitar que este tipo de rentas entren a la mercantilización masiva de casa-habitación.

Como parte de las medidas para evitar la mercantilización masiva se pondrán límites para el uso de inmuebles, por lo que un anfitrión no podrá dedicar más de tres casas o departamentos para la renta en este tipo de plataformas.

Martí Batres explicó que se usará un referendo anual para saber quién se está apegando a las disposiciones de esta nueva Ley.

“Ponemos un mecanismo de referendo anual para saber que en efecto quien está cumpliendo con las reglas puede seguir trabajando en este sentido, quien no está cumpliendo con las reglas ya no tiene el refrendo anual”.

Además, los anfitriones se deberán de registrar, tanto a ellos como a sus inmuebles, esto con el objetivo de tener una regulación adecuada.

¿Cuáles serán las obligaciones de los anfitriones Airbnb con esta nueva Ley?

Los anfitriones o aquellas personas que proporcionen el servicio de alquiler para plataformas digitales serán:

  • Estar inscritos al Padrón de Anfitriones
  • Dotar a los turistas con información clara, verdadera y detallada sobe las características, precios y reglas del inmueble
  • Cada seis meses se deberá avisar a la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México sobre la ocupación del inmueble
  • Se deberá avisar a los vecinos inmediatos sobre el uso turísticos de los inmuebles ofertados
  • Proteger los datos personales que los turistas otorguen a los anfitriones, esto en los términos dispuestos por la Ley.
  • Tener instalaciones seguras y atendiendo las reglas en materia sanitaria y de gestión integral de riesgos y protección civil, para las personas que lo usen.

Por su parte, las plataformas digitales tendrán la obligación de:

  • Registrarse en el padrón de Plataformas Tecnológicas, dicho registro deberá autorizase para funcionar en la Ciudad de México.
  • Pedirles a los anfitriones su constancia y folio de registro al padrón correspondiente, así como habilitar un espacio en su plataforma para incluirlos junto con la constancia del mismo
  • Cada anuncio dentro de la plataforma deberá tener el folio y constancia del registro al padrón de Anfitriones
  • Cumplir con las obligaciones que les correspondan en materia fiscal
  • Dar semestralmente a la Secretaría de Turismo un reporte de la ocupación de los inmuebles de cada anfitrión.

El Padrón de Anfitriones también tendrá las siguientes obligaciones y condiciones:

  • Por cada inmueble que se incorpore al Padrón de Anfitriones se expedirá una constancia y folio, el cual se registrará en las plataformas en las que se oferte
  • El registro tendrá una vigencia de un año y deberá renovarse dentro de los 30 días naturales previos a su expiración
  • No se podrán inscribir al Padrón más de 3 casas, departamentos o habitaciones por anfitrión
  • Se deberá pagar los derechos para formar parte del Padrón de Anfitriones, sin embargo, esto sólo aplicará si tienes tres inmuebles registrados
  • En caso de que la ocupación de los inmuebles sea mayor al 70 por ciento de las noches del año, se negará el referendo en el Padrón.

​RGM

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