En Puebla, examen práctico será OBLIGATORIO para tramitar licencia de conducir
La nueva disposición del gobierno del estado estipula un examen práctico obligatorio para tramitar o renovar la licencia de conducir en Puebla; te decimos a partir de cuándo.
A partir del 1 de enero de 2025 los automovilistas que deseen tramitar su licencia de conducir en Puebla, incluyendo casos de renovaciones o reposiciones, deberán aprobar un examen práctico para acreditar que cumplen con las condiciones técnicas para obtener el documento.
La medida fue confirmada por el gobierno de Puebla en el Periódico Oficial del Estado, donde el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina publicó un decreto para anunciar sobre reformas, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Transporte tras su aprobación en el Congreso local.
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La prueba anterior se sumará a la de conocimientos teóricos, que ya era un requisito, y se realizará a través de simuladores de conducción con costos aún por definir, ya que dependerá del Presupuesto de Ingresos que se aprobará para el 2025.
"La Secretaría (de Movilidad y Transporte) definirá los contenidos, temas y metodologías para los exámenes teórico y práctico en función de cada tipo y modalidad de licencia de conducir; los exámenes prácticos serán aplicados por la Secretaría o por terceros autorizados por la misma, mediante simuladores de conducción o por los medios que determine la Secretaría", se estableció en el decreto.
Examen práctico también será obligatorio para renovar licencia de conducir en Puebla
Aparte de la aprobación de los exámenes teórico y práctico, cuando el contribuyente desee la renovación de su licencia de conducir deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Identificación oficial con fotografía y firma de su titular, en caso de que la licencia a renovar se encuentre rota, con tachaduras, enmendaduras, alteraciones o sea ilegible.
- Para personas extranjeras, demostrar la legal estancia en el país, con los documentos que le expida la autoridad competente.
- En los casos de licencias para personas que conducen el servicio público de transporte, los servicios de transporte mercantil, servicios auxiliares de arrastre y salvamento, y el servicio ejecutivo, acreditar a satisfacción haber sido capacitadas en los términos que la Secretaría determine y/o certificadas por la entidad autorizada para ello.
- Acreditar el examen de valoración psicofísica integral, en los términos que determine la Secretaría, cuyo examen toxicológico y psicométrico tendrá vigencia de un año.
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Requisitos para la reposición de licencia de conducir
Aparte de la aprobación de los exámenes teórico y práctico, cuando el contribuyente desee la reposición de su licencia de conducir deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Solicitud de trámite de la licencia de conducir cumplimentada, atendiendo al tipo de licencia de que se trate.
- Clave Única del Registro de Población (CURP) no mayor a tres meses en su impresión, en caso de que la persona solicitante sea mexicana.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona solicitante.
- En caso de que las personas solicitantes manifiesten el cambio de domicilio, comprobante domiciliario cuya fecha de expedición no sea mayor a tres meses o recibo de pago que cubra la totalidad del ejercicio fiscal vigente.
- Presentar el documento correspondiente emitido por la Fiscalía General del Estado en el que se haga constar la pérdida o extravío de la licencia de conducir, cuando ésta se encuentre vigente.
- No registrar adeudo por infracciones de tránsito o al Reglamento de la Ley de Transporte.
- Realizar el pago de derechos correspondiente.
- En los casos de licencias para personas que conducen el servicio público de transporte, los servicios de transporte mercantil, servicios auxiliares de arrastre y salvamento y el servicio ejecutivo, acreditar a satisfacción haber sido capacitadas en los términos que la Secretaría determine y/o certificadas por la entidad autorizada para ello.
- Acreditar el examen de valoración psicofísica integral, en los términos que determine la Secretaría, cuyo examen toxicológico y psicométrico tendrá vigencia de un año.
- En el caso de licencias para conducir de uso particular, acreditar haber aprobado el examen médico o cumplimentar el formato de responsiva ante la autoridad competente, en el que la persona solicitante manifiesta bajo protesta de decir verdad, que goza de salud óptima para la conducción de este tipo de vehículos.
- Para personas extranjeras demostrar la legal estancia en el país, con los documentos que le expida la autoridad competente.
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