Trabajadores del Poder Judicial protestan en Monterrey; causan caos vial en avenida Constitución
Integrantes del Poder Judicial bloquearon la avenida Constitución por algunos momentos, situación que provocó caos vial en la zona.
Integrantes del Poder Judicial bloquearon la vialidad de la avenida Constitución a la altura de Cuauhtémoc en el Centro de Monterrey durante una hora aproximadamente, generando caos en dicha arteria.
Los trabajadores se reunieron alrededor de las 11:00 horas al exterior de sus instalaciones, pero sobre la banqueta y después al mediodía se apostaron en un carril de la lateral y poco a poco comenzaron a avanzar hasta cerrar por completo la lateral los carriles centrales y los carriles exprés.
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De inmediato la Policía de Monterrey y Tránsito desviaron la vialidad a la altura de Padre Mier, sin embargo, por las calles del Barrio Antiguo algunos vehículos se incorporaron a la circulación quedando atrapados.
Alrededor de las 12:20 y después de desplegar sus lonas y pancartas donde rechazan la reforma al Poder Judicial recientemente aprobada, fue que decidieron liberar la vialidad.
Los trabajadores se replegaron al interior de sus instalaciones para sostener una junta en donde determinarían las siguientes actividades sin descartar más bloqueos o protestas.
Además, señalaron que el paro de labores se mantendrá hasta el 2 de octubre y se siguen atendiendo únicamente los asuntos urgentes.
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¿Qué es la reforma al Poder Judicial?
Con la reforma que se hacen a los artículos 17 y 20 se garantiza la seguridad jurídica en los plazos para emitir resoluciones judiciales en materia tributaria y penal.
Cuando se trate de casos de delincuencia organizada, la reforma al artículo 20 contempla la posibilidad de que el órgano de administración judicial disponga medidas para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras.
Con el fin de determinar el número, división de circuitos, competencia territorial y especialización por materia, con la reforma al artículo 94 se crea un órgano de administración judicial, dotado de independencia y autonomía técnica, de gestión y para la emisión de resoluciones.
Este órgano estará separado, funcional y orgánicamente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que garantiza la ausencia de intervención externa y permite atender eficientemente las necesidades administrativas, en contraste de lo que ocurre en bajo la administración del Consejo de la Judicatura Federal.
Con el fin de garantizar que quienes impartan justicia mantengan la imparcialidad de independencia, la reforma a los artículos 94, 95 y 96, disponen que las autoridades judiciales federales y de las entidades federativas serán elegidas mediante el voto popular, universal, libre, directo y secreto de las y los ciudadanos, garantizando su idoneidad profesional y compromiso con la justicia.
De esta manera, los tres poderes del Estado serán seleccionados por el pueblo, evitando imposiciones arbitrarias, cuotas partidistas e injerencia del poder político y económico. Durante las campañas para elección de ministros, ministras, magistrados, jueces, las personas aspirantes tendrán derecho de hacerse de los tiempos oficiales de radio y televisión de manera igualitaria, conforme a la distribución que señale la ley y se determine por el INE.
No se permitirá ningún tipo de financiamiento público o privado. Los partidos políticos no podrán interferir en el proceso. Además, queda prohibido que las personas servidoras públicas se pronuncien a favor o en contra de cualquier aspirante.
mvls
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