¿Me pueden multar por ir sin camiseta en la calle en CdMx?
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece diferentes multas por acciones indebidas o que atenten contra la integridad de las personas en la calle.
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece diferentes sanciones por realizar acciones indebidas y que atenten contra la integridad física y psicológica de los ciudadanos, con el propósito de mantener el orden y velar por los Derechos Humanos.
En ese sentido, una pregunta común que tienen los ciudadanos es si el andar sin camisa por las calles se considera como un delito o una falta a la moral, la cual pueda ser sancionada. ¡Aquí te contamos!
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Dicha Ley establece en su artículo 26 que son infracciones contra la dignidad de las personas:
“Proferir silbidos o expresiones verbales de connotación sexual a una persona con el propósito de afectar su dignidad”, así como “realizar la exhibición de órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a otra persona”. Sin embargo, sólo procederá la presentación del probable infractor cuando exista queja de la persona agredida o molestada.
De ser así, se procederá la conciliación cuando las partes de común acuerdo fijen el monto del daño y el probable infractor repare el mismo.
¿Me pueden multar por ir sin camiseta en la calle en CdMx?
Respondiendo a la pregunta, la respuesta es NO, no te pueden multar si vas por la calle sin camiseta, siempre y cuando no se realicen acciones que incomoden a las personas, es decir, no se realicen connotaciones sexuales.
La Ley Cívica de la Ciudad de México tampoco establece multas por exhibicionismo o desnudez, sin embargo, queda asentado que al hacer esto se puede provocar incomodidad en las personas, quienes también pueden emitir una queja o denuncia. Las autoridades serán las encargadas de mediar la situación y acordar una resolución para reparar el daño.
“Se procederá a la conciliación a quien realice alguna conducta que atente contra la voluntad de otro o su libre autodeterminación o que represente un trato degradante”
Cabe destacar que en el mismo artículo de dicha Ley queda establecido que las madres pueden amamantar a sus hijosen las vías y espacios públicos sin restricción.
ZNR
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