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Cuál es la multa por invadir el carril confinado del Metrobús 2024

Quienes invadan el carril u obstruyan el carril confinado del Metrobús serán sancionados. ¡Te decimos de cuánto es la multa!

Telediario CdMx Ciudad de México /

En la Ciudad de México, circular por el carril del Metrobús está prohibido debido a que es de uso exclusivo para este medio de transporte, con el propósito de mejorar los tiempos de traslado de los usuarios de este sistema, así como promover la seguridad vial.

Así, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC) participa en operativos para identificar a quienes invadan el carril del Metrobús, como: arcos de infracción, radares móviles, cámaras de autobuses y operativos en puntos estratégicos.


El reglamento de tránsito de la Ciudad de México establece en el artículo 11, sección X, que se prohíbe a los conductores de todo tipo de vehículos (auto, motocicleta, bicicleta, camiones, camionetas, etcétera) circular u obstruir el carril del Metrobús de las siguientes maneras:

  1. Circular sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo. Los vehículos que cuenten con la autorización respectiva para utilizar estos carriles deberán conducir con los faros delanteros encendidos y contar con una señal luminosa de color ámbar.
  2. Realizar maniobras de ascenso y descenso de personas, o maniobras de carga y descarga de mercancías, debiendo realizarlas en calles locales transversales
  3. Estacionarse o efectuar reparaciones a vehículos, en caso de contingencia o emergencia, de forma inmediata se debe retirar el vehículo a un lugar distinto donde no obstruya la circulación
  4. Interferir los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U”, así como cambiar de cuerpo de circulación en la misma vía cuando existan señalamientos restrictivos que prohíban estos movimientos.


¿Cuál es la multa por invadir el carril confinado del Metrobús?

Quienes incumplan con lo anterior serán sancionados con entre 20 a 60 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) vigente, cuyo valor en 2024 es de 108.57 pesos.


Así, se establecen las siguientes multas:

Los conductores de vehículos motorizados que infrinjan los incisos 1 y 2 serán sancionados con una multa equivalente a 20, 25 o 30 UMAS (2 mil, 171.4, 2 mil 714.25 o 3 mil 257.1 pesos) y tres puntos a la licencia para conducir o en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos, se sancionará con un punto a la matrícula vehicular.

Quienes infrinjan lo dispuesto en los incisos 1 y 4, serán sancionados con una multa equivalente a 40, 50 o 60 UMAS (4 mil 342.8, 5 mil 428.5 o 6 mil 514.2 pesos) y seis puntos a la licencia para conducir o, en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos, se sancionará con un punto a la matrícula vehicular.


¿Cómo consultar adeudos de multas?

Las personas que cuenten con placas de la Ciudad de México pueden consultar los adeudos de las multas en el portal de la Secretaría de Finanzas, puedes hacerlo en este enlace. Sólo debes ingresar el número de tus placas y te aparecerá el desglose de infracciones.


ZNR

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