Municipio de Corregidora en Querétaro prohíbe uso de pirotecnia durante la noche
Para la quema de pirotecnia se deberá contar con la constancia que acredite la capacitación en primeros auxilios, en combate de incendios y evacuación de inmuebles.
En el municipio de Corregidora, metropolitano de Querétaro, el cabildo aprobó una medida restrictiva de uso de pirotecnia a partir de las 22 horas y hasta las 6 de la mañana. Este municipio utiliza diariamente estos artefactos incluso a las 3 de la mañana debido a que su vocación es litúrgica, e incluso los lugareños dicen haber llegado antes y que no pueden prohibir su utilización.
Con ello se mejora el uso y manejo de pirotecnia, mitigar el riesgo que representa para la ciudadanía y la fauna doméstica, así como establecer el horario y la cantidad del uso de dicho material, luego que hace unas semanas se presentó una explosión en pirotecnia durante evento litúrgico que dejó a uno de los participantes sin vida y otros aún se encuentra grave.
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En los lineamientos en el reglamento municipal, se plantea el uso del equivalente de una gruesa de cohetes (12 docenas de cohetes) y tener una persona responsable y designada para tal acción.
Para la quema de pirotecnia se deberá contar con la constancia que acredite la capacitación en primeros auxilios, en combate de incendios y evacuación de inmuebles, además de presentar la documentación que acredite la compra legal del material, debiendo firmar una carta responsiva que será entregada a la Dirección de Protección Civil.
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Respecto a recorridos, peregrinaciones, actos cívicos u otras actividades que involucre el uso de fuegos artificiales, solamente se permitirá el uso de determinada cantidad de éstos, una gruesa, y se deberá contar con al menos dos extintores de polvo químico seco de 4.5 kilogramos.
El horario establecido para la quema será en eventos sociales, religiosos, cívicos, particulares, de establecimientos, conciertos, espectáculos públicos y/o privados, para lo cual se contará con la supervisión de áreas involucradas en la materia.
En caso de incumplir con lo mencionado, será aplicada una sanción conforme en los reglamentos municipales de Protección Civil de Corregidora y de Justicia Administrativa municipal, independientemente de las sanciones establecidas en otras disposiciones legales y administrativas aplicables, las cuales se aplicarán de manera indistinta.
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