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Jennifer ‘N’ intentó sobornar a Policías Estatales para evitar ser detenida tras tragedia en TSM

La declaración de los elementos de seguridad ayudó a que el juez decidiera dictarle prisión preventiva a la señalada

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Redacción Torreón, Coahuila /

Luego de que este miércoles se realizara la audiencia de formulación de imputación a Jennifer 'N', acusada de homicidio doloso y lesiones por los hechos ocurridos el pasado domingo a las afueras del TSM, se dio a conocer que la señalada intentó sobornar a elementos de seguridad para evadir a las autoridades.

La mujer que radica en Del Río, Texas, permanecerá internada en el Centro de Rehabilitación Social Femenil de San Pedro de las Colonias luego de que un juez le dictó prisión preventiva justificada, en lo que se decide si será vinculada a proceso por los delitos de homicidio doloso calificado con alevosía y ventaja, así como por lesiones leves, leves extendidas y gravísimas y que ponen en riesgo a la vida humana.

La mujer es acusada también de daños dolosos en contra de las instalaciones del Club Santos Laguna.

Entre los informes presentados en la audiencia, Policías Estatales dieron a conocer que la mujer de 25 años intentó sobornarlos ofreciéndoles dólares para que la dejaran escapar del lugar de los hechos y así evitar ser detenida.

Fue por estos motivos que el juez decidió que la señalada no llevara su proceso legal en libertad, pues existe una posibilidad de un intento de escape.

¿Cuál es la pena por homicidio en Coahuila?

Según el Código Penal del estado de Coahuila, las sanciones para el homicidio calificado, en el artículo 184 se le impondrá de dieciocho a treinta y cinco años de prisión si es que es que concretó hasta tres circunstancias calificativas (todas las circunstancias de lugar, tiempo, modo u ocasión que califican la conducta del sujeto activo), pero si se le condena por más circunstancias calificativas, la pena máxima de prisión será de sesenta años y multa.

El homicidio doloso será calificado cuando se cometa con una o más de las circunstancias siguientes:

Ventaja: existe ventaja en cualquiera de los supuestos siguientes:

  • Cuando el agente sea notoriamente superior en fuerza física a la víctima, o por el arma que aquél emplea, y la víctima no esté armada ni con otro instrumento o medio adecuado para lesionar, y tampoco los tenga a su alcance para tomarlos sin dificultad.
  • Cuando respecto a la víctima el agente sea superior por el número de los que intervengan con él con acciones lesivas contra la víctima.
  • Cuando el agente emplee un arma contra la víctima y ésta se halle en una situación que le impida o dificulte evitar la acción ofensiva.
  • Cuando el agente ejerza violencia psicoemocional contra la víctima, de tal modo, que mediante aquélla le imposibilite o dificulte considerablemente su defensa

Con alevosía

  • Existe alevosía cuando el agente comete el homicidio al sorprender intencionalmente de improviso a la víctima, impidiendo su defensa, o empleando intencionalmente acechanza que no le dé posibilidad de defenderse.

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