Emiten nuevo reglamento para estacionarse en vía pública de CdMx; conoce las nuevas restricciones
El nuevo reglamento emitido por la Semovi detalló que el pago del parquímetro se deberá realizar por adelantado y dejar el comprobante al interior del automóvil.
El gobierno de la Ciudad de México dio a conocer el nuevo reglamento para el control de estacionamiento en las vías públicas, hecho que implementó nuevas medidas y restricciones en el uso de parquímetros en la capital del país, los cuales te mencionamos a continuación.
De acuerdo con el gobierno capitalino, el cobro de estacionamiento en la vía pública se lleva a cabo gracias a los parquímetros que actualmente se encuentran en operación, mismos que ayudan a la movilidad peatonal, uso de medios de transporte no motorizados y la eficiencia de las vialidades.
No obstante, el gobierno capitalino, mediante la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, podrá otorgarle a los ciudadanos, previa declaración de necesidad, concesiones o permisos para la administración, cobro y aprovechamiento de los cajones de estacionamiento en zonas de parquímetros.
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Dicho otorgamiento a terceros para el aprovechamiento y cobro de parquímetros serán otorgadas por la Secretaría de Movilidad (Semovi) capitalina, previa autorización de la alcaldía en la que se encuentra concesionar el uso.
¿Ahora qué dice el nuevo reglamento para estacionarse en vía pública?
La Semovi detalló que las personas usarías de parquímetros deberán cubrir la tarifa por el estacionamiento conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México.
Además, las autoridades explicaron que las personas usarías de parquímetros deberán cubrir el costo por el tiempo de ocupación del estacionamiento de la vía pública, el cual deberá ser pagado por anticipación.
En el caso de que el parquímetro no funcione, se deberá buscar el siguiente o, en su caso, utilizar los medios de pago disponibles; mientras que cuando se cuente con un comprobante de pago impreso, el ciudadano deberá colocarlo de manera visible sobre el tablero del lado del conductor al interior del vehículo (se debe asegurar que la placa o matrícula coincidan y que la fecha del papel no sea distinta).
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El vehículo deberá ser estacionado únicamente en los cajones señalizados y para hacer uso de estos, la unidad debe concordar con las dimensiones en horizontal y vertical, pues en todo el momento el automóvil deberá encontrarse dentro de las marcas que definan este lugar. En caso de que la unidad rebase las líneas del cajón, se deberán pagar los otros cajones también utilizados.
Queda prohibido estacionarse dentro del área de operación para estacionar remolques o vehículos de tracción no mecánica si no se cuentan con los permisos de la autoridad competente.
Los automovilistas deberán respetar el espacio destinado a los espacios de servicios especiales, como motocicletas, carga y descarga, ascenso y descenso, estacionamiento para vehículos de personas con discapacidad o cualquier otro distinto a los cajones asignados a las zonas de parquímetros.
Las personas usuarias de motocicletas únicamente podrán estacionarse en los lugares establecidos para tal fin.
Mientras que los vehículos con placas foráneas que se encuentren estacionados en zonas en las que existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública serán inmovilizados en los casos previstos en la fracción II del artículo 33 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
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En casos extraordinarios y para beneficio de la comunidad, la Semovi podrá autorizar el estacionamiento en vía pública de forma temporal sin requerir el pago de la tarifa en casos de utilidad pública.
Dichos casos podrán ser por la prestación de servicios de salud, programas sociales o eventos culturales, así como afectaciones en los accesos a cochera de residentes a causa de obra en vía pública o eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
Los vehículos que cuenten con placas de matrícula para personas con discapacidad emitidas en la Ciudad de México no estarán obligados al pago por el estacionamiento en vía pública; sin embargo, deberán observar lo establecido en el Reglamento de Tránsito, las demás disposiciones legales que resulten aplicables y las sanciones derivadas de su incumplimiento.
KT
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