user-icon user-icon
  • Clima
    • Ciudad de México 16ºC 14ºC Min. 22ºC Máx.
    • Rain
    • Próximos 5 días
      • Sábado
      • 14º / 23º
      • Rain
      • Domingo
      • 12º / 22º
      • Rain
      • Lunes
      • 12º / 21º
      • Rain
      • Martes
      • 13º / 21º
      • Rain
      • Miércoles
      • 12º / 22º
      • Rain
    • Pronóstico en video Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este jueves 19 de septiembre de 2024.
    • Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este jueves 19 de septiembre de 2024.
      • Video
      • media-content

Qué pasa si muere una persona y NO deja testamento

Cuando una persona muere sin dejar testamente puede provocar que su familia enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en hasta conflictos.

Redacción Ciudad de México /

Un testamento es un documento legal con el que una persona expresa sus deseos sobre la distribución de sus bienes y derechos tras su muerte. Realizar este trámite evita la disputa por entre la familia, pues queda legalmente asentado quién tiene derecho a las pertenencias.

¿Quiénes pueden hacer un testamento?

Cualquier persona mayor de 16 años, que esté en pleno uso de sus facultades mentales, puede generar un testamento.

Para ello, debe manifestar claramente su voluntad sin presiones físicas o morales de terceros para distribuir sus bienes tras su muerte.

Migrantes en Puebla / Agencia Enfoque
arrow-circle-right


¿Qué pasa si una persona muere y no deja testamento?

Cuando una persona muere sin dejar testamento puede provocar que su familia enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en hasta conflictos por la repartición de bienes.

Para definir la repartición de bienes, los familiares tendrían que tramitar un juicio sucesorio ante el juzgado de lo familiar para determinar el reconocimiento de herederos, que ocasiones puede no coincidir con la voluntad de la persona que falleció y que no formuló testamento alguno.

Para el juicio sucesorio intestamentario se contempla lo siguiente: 

  • Se convoca a los posibles herederos y se hace una declaración de herederos.
  • Se designa un albacea.
  • Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.
  • Se administran los bienes.
  • Se realiza un proyecto de partición de bienes, así como un acuerdo y resolución sobre éste.
  • Se entregan los bienes a los herederos.

¿Quiénes pueden ser los herederos?

  • Descendientes
  • Cónyuges, concubinos
  • Ascendientes
  • Parientes colaterales hasta el cuarto grado

¿A quién elegir como heredero?

Es difícil elegir a quién heredar el patrimonio, pero al hacerlo se evitan conflictos futuros a los seres queridos, no necesariamente familiares. Además, existe la opción de modificar el testamento en cualquier momento si el testador cambia de opinión.

Es conveniente aclarar que, independientemente de que el testador designe a sus herederos libremente, debe tomarse en cuenta que, si existen dependientes económicos a su cargo (hijos menores de edad, incapaces, ascendientes que carezcan de recursos, hermanos, etcétera), deben destinar parte de su patrimonio al cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ya que de otra forma este derecho puede ser reclamado por los beneficiarios aún y cuando se haya otorgado testamento en contrario.




ZNR


  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon