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Qué pasa si no pago una deuda en Buró de Crédito por más de 10 años, ¿puedo ir a la cárcel?

No pagar un crédito por 10 años puede traer diversas consecuencias con la ley o el Buró de Crédito; te explicamos todo lo que debes saber al respecto.

Redacción Ciudad de México. /

Tener una deuda tras sacar un crédito es una situación común para los mexicanos. Por ello, es común tener dudas sobre las consecuencias que puede traer el no liquidar una deuda y el papel que juega el Buró de Crédito en esta situación.

Por ello, aquí te explicamos qué pasa si no liquidas una deuda tras sacar un crédito luego de 10 años y qué tiene que ver el Buró de Crédito en esta situación.

¿Qué es el Buró de Crédito?

Antes de explicarte las consecuencias que tiene el no pagar un crédito por 10 años, debemos explicar qué es el Buró de Crédito, el cual es un término utilizado popularmente por la población para hacer referencia a una especie de lista negra de las Sociedades de Información Crediticia (SIC).

Sin embargo, hay que entender que el Buró de Crédito no es una lista reservada para las personas que no pagan una deuda. Por el contrario, es una base de datos donde se registra el historial crediticio de cualquier persona que haya solicitado un préstamo y su comportamiento a la hora de pagar una deuda.

En consecuencia, los bancos e instituciones financieras acuden al Buró de Crédito y/o a otra institución, Círculo de Crédito, para consultar la información de una persona que haya solicitado un crédito con ellas y, así, determinar si prestan dinero o no en el buen o mal historial que ésta tenga.

En otras palabras, aparecer en el Buró de Crédito no es una mala noticia si tienes un buen historial, pues te será más fácil que un banco o institución financiera te preste dinero, caso contrario si cuentas con un mal historial.

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¿Qué pasa si no pago un crédito por 10 años?

Sabiendo esto, es común que haya quien se atrase o, de plano, deje de pagar un crédito que sacó años atrás. Esto, lógicamente, dañará el historial de la persona en el Buró de Crédito, cerrándose las puertas con los bancos para solicitar préstamos posteriormente.

Cabe destacar que las instituciones financieras y bancos reportan mes con mes la forma en la que sus clientes pagan sus créditos, especificando si se hace puntual o con retrasos. Sin embargo, las personas que no pagaron permanecerán registradas en el Buró de Crédito dependiendo el monto de su deuda.

De acuerdo con los artículos 23 y 24 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, seguirás registrado en el Buró de Crédito por los siguientes lapsos dependiendo el monto que no pagaste:

  • Deudas menores o iguales a 25 dólares se eliminan después de un año
  • Deudas mayores a 25 dólares y hasta 500 dólares se eliminan después de dos años
  • Deudas mayores a 500 dólares y hasta mil dólares se eliminan después de cuatro años
  • Deudas mayores a mil dólares se eliminan después de seis años siempre y cuando: sean menores a 400 mil dólares, el crédito no se encuentre en proceso judicial y/o no hayas cometido algún fraude en tus créditos.

Por ello, si no se paga un crédito por 10 años, ya no aparecerás en el Buró de Crédito con la deuda, siempre y cuando éste no se encuentre en proceso judicial y no se haya cometido algún fraude. Sin embargo, el gobierno federal recomienda que, si puedes pagar antes de los seis años, pagues la deuda, pues esto te ayudará en tu historial.

Consulta tu Buró de Crédito haciendo clic aquí.


¿Me pueden meter a la cárcel por no pagar un crédito por 10 años?

La respuesta es no. De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la cárcel por deuda no existe en México.

Sin embargo, no pagar un crédito sí podría desembocar en que se te gire una orden de aprehensión. Esto si un juez determina que, como deudor, puedes ocultarte o ausentarte para no cumplir con una orden de arraigo en tu contra. Por ello, debes estar consciente de los términos en los que se está solicitando un préstamo.

“Para llegar a este extremo primero tiene que existir una orden que determine el arraigo, es decir, que como deudor, pudieras ocultarte o ausentarte. Para esto, un juez debe determinar el arraigo y, si violas este mandato judicial o decides abandonar tu lugar de residencia, entonces sí habrá una orden de aprehensión, aunque la cárcel por deuda sigue sin existir en nuestro país”, explicó la Condusef.

KT


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