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En CdMx, denunciarán a Mercado Libre y otras marcas por violar ley de publicidad en la calle

La dependencia señaló también a Adidas y otras marcas por no acatar la regulación.

Redacción Ciudad de México /

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) de la Ciudad de México, señaló la violación de Mercado Libre, compañía de la industria de comercio electrónico, a las nueva regulación de publicidad exterior.

A través de su cuenta de Twitter, la dependencia indicó que la colocación de un anuncio publicitario en Insurgentes Sur 116, Colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, viola la Ley de Publicidad Exterior (LPECDMX).

“Esta acción implica denuncias penales por parte de Seduvi CdMx”, sentenció.

La dependencia también refirió la presencia de un anuncio del gigante de e-commerce, ubicado en Filadelfia 119, Col. Nápoles, alcaldía Benito Juárez.

Seduvi va por otras marcas

La dependencia señaló también anuncios publicitarios de Gamesa, en la colonia Roma Norte; de Adidas, también en la colonia Roma; Mezcal Santo Gusano, y Nivea, en la colonia Mixcoac.

Multas

El incumplimiento de la LPECDMX podría representar sanciones consistentes, entre otras, en una multa que va de 12 mil a 15 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, y arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas al titular de un Permiso Administrativo Temporal Revocable, Licencia o Autorización que incumpla con la prohibición de instalar medios publicitarios cuyos contenidos atenten contra la dignidad de las personas, vulneren los derechos humanos y aquellos que difundan mensajes sexistas, lenguaje misógino o inciten a cualquier tipo de violencia.

De igual forma, se prevé la imposición de una multa de 6 mil a 12 mil veces la UMA vigente y retiro del medio publicitario a su costa, al titular de la Licencia o Autorización que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones: 

  • Agregue elementos de propaganda al contenido de un medio publicitario denominativo. 
  • Adhiera medios publicitarios al vidrio de un ventanal o escaparate.  
  • Instale medios publicitarios no permitidos en el interior de un escaparate.
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Entre otros, se impondrá pena de 3 a 6 años de prisión, así como multa de 500 a 15 mil veces la UMA, a quien atente contra la protección, conservación y regulación del paisaje urbano de la Ciudad de México al realizar o participar en la instalación de un medio publicitario, de medios publicitarios, autosoportados prohibidos y que atenten contra la dignidad de las personas o vulneren los valores o derechos humanos.

“Las empresas afectadas en su esfera jurídica podrán interponer una demanda de amparo indirecto para impugnar la constitucionalidad de la nueva regulación, ya sea, con motivo de su entrada en vigor, o bien, con motivo de su primer acto de aplicación. Para tales efectos, será necesario revisar cada caso particular y determinar la oportunidad para interponer el medio de defensa y la argumentación jurídica que se podría hacer valer”, indica la consultora PwC.


COG 

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