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Clientes de Grupo Hunan podrán fumar en sus establecimientos; juez otorga suspensión a Ley Antitabaco

La cadena impugnó la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el pasado 15 de enero.

Rubén Mosso Ciudad de México /

Un juez federal otorgó suspensión provisional a la cadena de restaurantes Grupo Hunan (GH), la cual permite a sus clientes fumar en todos los establecimientos que tienen áreas especiales para ello, y que están destinadas para bebidas y alimentos.

Dicha cadena cuenta con los restaurantes de nombre Costa Guadiana, Aida, Trastever, Guadiana, Hacienda, Negroni, Proseco, Piano Bar, Lampuga, Nueve Nueve y Alma, entre otros.

Martín Santos Pérez, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, concedió la medida cautelar, la cual prevalecerá hasta el próximo 15 de febrero, fecha en que se celebrará la audiencia donde se determinará si concede la suspensión definitiva.

La cadena impugnó la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el pasado 15 de enero.

Santos Pérez indicó que la suspensión es para el efecto de que no apliquen a los quejosos el reglamento reclamado.

El fallo se suma a la suspensión que obtuvo hace una semana la cantina El Gran León de Oro, a la que se le permitió que sus clientes puedan fumar en áreas para bebidas y alimentos.

Dicha medida cautelar fue concedida por Ulises Oswaldo Rivera González, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, quien ordenó que la cantina se sujete al artículo 27 de la ley que se venía aplicando desde 2009, la cual permitía fumar en espacios al aire libre, áreas de fumadores, en espacios interiores aislados y que están sujetos a múltiples requisitos técnicos.

Es de mencionar que también se han promovido amparos por parte de empresas tabacaleras, las cuales han impugnado el nuevo reglamento que establece las bases para el consumo y la venta de tabaco en el país.

Ulises Oswaldo ha admitido a trámite amparos, pero ha negado suspensiones, como en el caso a la empresa Habano 2000.

La compañía pretendía que se le concediera la suspensión para el efecto de poder continuar con la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta a través de cualquier medio de comunicación y difusión.

Por su parte, la empresa Walmart de México también promovió un amparo contra la medida que prohíbe exhibir y colocar productos del tabaco en estantes, mostradores, exhibidores, entre otros, al interior de los establecimientos y puntos de venta, situación que impide a los consumidores ver directamente dichos productos y, tomarlos para su consumo.

Asimismo, reclamó la prohibición para colocar o almacenar los productos de tabaco en recipientes cerrados o cajas que se encuentren encima o debajo del mostrador, además de armarios o cajones cerrados que permitan al consumidor observar indirectamente dichos productos.

​Es de señalar, que el nuevo reglamento impide que los productos de tabaco sean exhibidos en los puntos de venta.

De igual manera, se prohíbe fumar en zonas concurridas como parques, lugares donde haya niños y adolescentes, playas, terrazas y balcones, hoteles, plazas comerciales y hospitales, entre otros.

PGG 

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