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¿Ya estás listo? Ésta es la fecha límite para presentar la declaración anual 2022

El Servicio de Administración Tributaria ya designo las fechas para que personas físicas y morales presenten esta obligación fiscal.

Redacción Ciudad de México /

Con el objetivo de reducir los niveles de evasión fiscal en México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la fecha límite para que las personas físicas y morales presenten su declaración anual 2022. 

Si te preocupa que se te pase la fecha para cumplir con esta obligación fiscal y así evitar multas, aquí te damos todos los detalles que debes conocer.

¿Cuál es la fecha límite para presentar la Declaración Anual 2022?

El organismo informó que la fechas  para que los contribuyentes presenten su declaración anual de impuestos de este 2022 es del 1 al 30 de abril, por lo que al pasar esta fecha podrás ser acreedor a una sanción por parte del SAT.

Mientras que las personas morales, es decir, las empresas, deberán realizarla de 1 al 31 de marzo. 

¿Qué es la declaración anual?

Es un reporte en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente realizó en el ejercicio fiscal anterior. Ésta se puede hacer desde la comodidad del hogar a través de la página de internet del SAT.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

No todos los contribuyentes deben realizar ese reporte ante el SAT, en esta ocasión correspondiente al año fiscal 2021, pero si no sabes si eres uno de los obligados, te compartimos los casos en que sí se debe realizar. 

  • Quienes están en el Régimen de Servicios Profesionales, obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
  • Aquellas que tienen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
  • Las personas que cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
  • Deben presentarla quienes reciben intereses o dividendos.
  • Aquellas que enajenaron bienes, es decir, si vendieron o compraron algún bien inmueble.
  • Asimismo, deben presentarla las personas físicas que recibieron ingresos por salarios y están en alguno de estos casos: Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones. Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400 mil pesos.
  • Si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
  • Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.
  • Quienes hayan ganado algún premio (como la Lotería).

¿Quiénes no deben presentar la declaración anual?

  • Personas físicas que pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal y que: Obtuvo ingresos exclusivamente por salarios de un sólo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si dichos ingresos rebasaron los 400 mil pesos.
  • Quienes hayan obtenido intereses nominales que no hayan excedido los 20 mil pesos.

lvm

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