¿Dios, eres tú? Extienden el límite para presentar la declaración anual 2022; conoce la fecha
Debido a que el último día del mes de abril fue sábado, el SAT extiende el plazo para hacer la declaración anual 2022 para personas físicas al lunes 2 de mayo.
El mes de abril terminó y eso significa que quedan pocas horas para que las personas físicas presenten su declaración anual del ejercicio 2021 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); la fecha límite es el lunes 2 de mayo a las 23:59 horas.
En este ocasión debido a que el último día del mes fue sábado, el SAT recorrió la fecha límite al lunes siguiente. La declaración anual es un requisito que solicita el Servicio de Administración Tributaria a las personas físicas y morales en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente realizó, con el fin de reducir los niveles de evasión fiscal en México.
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Para realizarlo no es necesario acudir a las oficinas, lo único que debes tener es tu RFC y una contraseña, la cual se genera desde la página de internet del SAT.
Además, deberás tener a la mano los montos de ingreso, deducciones, retenciones y pagos provisionales. Una vez con los datos, ingresa a la página con tu RFC y contraseña, llena el formulario, fírmalo y envíalo.
¿Quiénes deben presentar declaración anual?
Es importante aclarar que no todos los contribuyentes deben presentar declaración ante el SAT, a continuación te dejamos un listado de quienes sí deben realizar este ejercicio.
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- Aquellos con ingresos anuales superiores a los 400 mil pesos
- Quienes dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año del que se trate
- Quienes hayan obtenido ingresos de dos o más patrones de manera simultánea
- Quienes obtuvieron otros ingresos acumulables como honorarios por renta de diversos inmuebles
- Quienes obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales superiores a los 100 mil pesos
- Quienes hayan recibido ingresos por indemnización o jubilación
- Quienes hayan ganado algún premio como La Lotería
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¿Qué pasa si no presento mi declaración anual?
En caso de que las personas físicas no realicen su declaración anual, los contribuyentes pueden hacerse acreedores a sanciones, multas o recargos.
En el caso de las personas físicas que se encuentran dentro de la categoría de honorarios y actividad empresarial, además de las posibles multas o recargos, existe el riesgo de que el SAT cancele los folios y certificados para poder emitir facturas o recibos de honorarios.
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Algunas de las multas y sanciones son:
- Por obligación no declarada se multará con una cantidad de mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos.
- Si no se presenta la declaración la multa irá desde los mil 400 pesos hasta los 37 mil 730 pesos.
- En caso de hacerla fuera de tiempo o no cumplir con los requerimientos puedes hacerte acreedor a una multa de 28 mil 490 pesos.
- Por último, si ya has sido multado y no pagas en tiempo y forma, puedes hacerte acreedor a sanciones adicionales.
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En caso de impagos, retrasos o errores en la declaración anual, tu historial crediticio también puede verse afectado, por lo tanto, es posible que tengas dificultad para acceder a créditos.
FM
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