Boda Maite Perroni y Andrés Tovar desata debate; ¿es válida ante la iglesia?
Además de la ceremonia civil, también se observó una religiosa, la cual corre el resigo de ser ficticia.
Este fin de semana el productor Andrés Tovar y la actriz Maite Perroni se convirtieron en tendencia en redes sociales tras su boda por lo civil celebrada en Valle de Bravo.
Sin embargo, lo que desencadenó un gran debate en las últimas horas fue la validez de la unión entre ambos.
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Pues la pareja también tuvo una ceremonia religiosa, generando gran controversia en redes sociales, pues algunos fans aseguraron que Andrés ya se había casado por la iglesia, lo que significa que cualquier otra unión respaldada por la religión sería invalidada.
A menos que haya una solicitud previa de disolución o nulidad matrimonial, trámite que el tribunal eclesiástico debe resolver. Por lo que, al parecer la pareja solo recibió una bendición.
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¿Qué es la nulidad matrimonial?
Con base a la Arquidiócesis de México, el término disolución no existe pues la iglesia enseña que el matrimonio es indisoluble, por lo que los tribunales eclesiásticos se militan a declarar como nula o inválida la unión religiosa de dos personas.
Los requisitos para la nulidad del matrimonio eclesiástico son:
- Lo primero que debe de hacer alguna de las dos partes es presentar el escrito petitorio, el cual no debe superar las 10 páginas.
- La demanda debe estar firmada en cada hoja.
- Debe indicarse el domicilio, correo electrónico y teléfono del otro cónyuge
- Se tienen que anexar los siguientes documentos:
- Acta de Matrimonio Eclesiástico
Acta de Bautismo de ambas partes, actualizada con nota marginal
- Acta de Matrimonio Civil
- Acta o sentencia de Divorcio Civil
- Escritos, cartas o documentos que puedan servir como prueba de la causa.
- Lista de 4 testigos, nombres completos, direcciones exactas, números telefónicos, correo electrónico; los testigos deben ser: personas dignas de crédito, que conozcan el caso
- Dos fotografías de los esposos, de preferencia del día de la boda, que no exceda el tamaño carta.
- Copia de identificación oficial y comprobante de domicilio.
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