Ex guerrillero queda fuera de Congreso colombiano
El presidente de la Cámara de Representantes dio a conocer la decisión luego de que la Suprema Corte dictó orden de detención contra el ex líder de las FARC.
BOGOTÁ.- El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Cuenca, confirmó que el partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC) perderá el escaño que le asignaron a Seuxis Pausias Hernández Solarte, conocido como Jesús Santrich, en el Congreso de la República de Colombia.
“El artículo 134 de la Constitución nos permite confirmar que la FARC pierde una curul y efectivamente habrá silla vacía… El señor Santrich perderá su curul”, sostuvo el congresista.
Dio a conocer que dicha decisión se adoptó después de que la Corte Suprema de Justicia colombiana dictó orden de detención contra el ex líder guerrillero y se le notificó a la Cámara de Representantes, de acuerdo a un despacho del periódico El Tiempo.
El reglamento legislativo establece que los congresistas serán sustituidos por otro compañero de su partido si es sentenciado por “actividades de narcotráfico”, sanción que se aplicará en dos momentos, uno de los cuales es cuando se profiera orden de captura dentro de los respectivos procesos”.
Cabe recordar que después de que Santrich no acudió a su cita del 9 de julio ante las autoridades judiciales, la Corte Suprema de Justicia emitió la orden de detención, toda vez que desde principios de julio dejó su esquema de seguridad, en el municipio de La Paz, Cesar, y aún se desconoce su ubicación.
El partido FARC logró 10 representaciones legislativas, cinco de ellas en la Cámara e igual número en el Congreso, las cuales fueron resultado del proceso de paz con la guerrilla. Con el escaño perdido, también se dejarán de considerar los 42 millones de pesos mensuales de remuneración que tendría que recibir Santrich.
En días previos, el secretario del Senado, Gregorio Eljach, explicó que al declararse la curul vacía, “la Corte deberá comunicar al Congreso para que proceda, por acto administrativo, a dar cumplimiento a la consecuencia de la privación de la libertad con aplicación del artículo 134 de la constitución, es decir, a formalizar que ya no puede volver ni ser reemplazado”.
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