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Aprueban portar hasta 200 gramos de marihuana de manera legal; sólo con licencia

La Iniciativa sobre la portación de marihuana, que era hasta hoy de 5 gramos, permite ahora la portación desde 28 gramos y hasta 200 gramos, y reduce a la mitad los castigos penales.

Editorial Telediario Nacional /

MÉXICO.- Un nuevo dictamen para regular el consumo de marihuana reduce en más de la mitad las sanciones penales vigentes (es decir, de 25 a 10 años) y regula el uso lúdico, al descriminalizar la posesión y traslado de hasta 28 gramos sin sanciones penales, que hoy se limitaba a 5 gramos.

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Sin embargo, con licencia la posesión de marihuana puede elevarse a 200 gramos. “Los 28 gramos se estima que es una cantidad prudente suficiente para su portación, en el entendido de que, para traer cantidades mayores, deberá entenderse que el cannabis no es para consumo personal, por lo que, para esos fines, deberá tramitarse la licencia que corresponda".

“En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis sin las autorizaciones será remitido a la autoridad administrativa y se le impondrá multa de 60 a 120 UMAS, señala el proyecto de las comisiones de Justicia y Salud del Senado, que presiden los morenistas Julio Menchaca y Miguel Ángel Navarro, respectivamente.

La iniciativa se propone privilegiar a las comunidades afectadas por el narcotráfico, que tendrán prioridad en la entrega de licencias de portación, aunque no podrá sembrarse más de una hectárea a suelo abierto y mil metros en suelo cubierto.

No legaliza la producción de marihuana en el país, pues el delito se mantiene y aquellos campesinos que siembren, cultiven o cosechen plantas de marihuana por cuenta propia o con financiamiento de terceros, cuando en él concurran escasa instrucción y extrema necesidad económica, se le impondrá prisión de seis meses a tres años, contra los 6 años vigentes.

De acuerdo con el dictamen, el Estado intervendrá en la regulación del mercado a través del Instituto Mexicano de la Cannabis, que quedará constituido a más tardar el primero de enero de 2021.

Las sanciones se reducen de 25 años que aplican hoy en día a los diferentes tramos de la cadena de producción, venta, comercialización, producción, etcétera, a 10 años la más alta y a dos la más baja, así como arresto administrativo.

En el nuevo proyecto se eliminan las licencias de tipo científico, se determina que cada persona en un domicilio podrá tener hasta seis plantas registradas y obtener el permiso para ello. 

¿Y las asociaciones?

Las asociaciones integradas por dos y hasta 20 miembros podrán solicitar licencias para sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, fumar y consumir marihuana.

Permisos

Se especifica que el cannabis industrial no es un agente psicoactivo, por lo que se liberarán licencias para cultivo, transformación, comercialización, exportación o importación e investigación.

 

IH luna

MÉXICO.- Un nuevo dictamen para regular el consumo de marihuana reduce en más de la mitad las sanciones penales vigentes (es decir, de 25 a 10 años) y regula el uso lúdico, al descriminalizar la posesión y traslado de hasta 28 gramos sin sanciones penales, que hoy se limitaba a 5 gramos.

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Sin embargo, con licencia la posesión de marihuana puede elevarse a 200 gramos. “Los 28 gramos se estima que es una cantidad prudente suficiente para su portación, en el entendido de que, para traer cantidades mayores, deberá entenderse que el cannabis no es para consumo personal, por lo que, para esos fines, deberá tramitarse la licencia que corresponda".“En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis sin las autorizaciones será remitido a la autoridad administrativa y se le impondrá multa de 60 a 120 UMAS”, señala el proyecto de las comisiones de Justicia y Salud del Senado, que presiden los morenistas Julio Menchaca y Miguel Ángel Navarro, respectivamente.La iniciativa se propone privilegiar a las comunidades afectadas por el narcotráfico, que tendrán prioridad en la entrega de licencias de portación, aunque no podrá sembrarse más de una hectárea a suelo abierto y mil metros en suelo cubierto.No legaliza la producción de marihuana en el país, pues el delito se mantiene y aquellos campesinos que siembren, cultiven o cosechen plantas de marihuana por cuenta propia o con financiamiento de terceros, cuando en él concurran escasa instrucción y extrema necesidad económica, se le impondrá prisión de seis meses a tres años, contra los 6 años vigentes.De acuerdo con el dictamen, el Estado intervendrá en la regulación del mercado a través del Instituto Mexicano de la Cannabis, que quedará constituido a más tardar el primero de enero de 2021.Las sanciones se reducen de 25 años que aplican hoy en día a los diferentes tramos de la cadena de producción, venta, comercialización, producción, etcétera, a 10 años la más alta y a dos la más baja, así como arresto administrativo.En el nuevo proyecto se eliminan las licencias de tipo científico, se determina que cada persona en un domicilio podrá tener hasta seis plantas registradas y obtener el permiso para ello. ¿Y las asociaciones?Las asociaciones integradas por dos y hasta 20 miembros podrán solicitar licencias para sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar, fumar y consumir marihuana.PermisosSe especifica que el cannabis industrial no es un agente psicoactivo, por lo que se liberarán licencias para cultivo, transformación, comercialización, exportación o importación e investigación.

IH luna

El Senado circuló el proyecto de dictamen de Ley para la Regulación de Cannabis, que regula el uso lúdico, al permitir la posesión y traslado de hasta 28 gramos al considerar que se trata de una “cantidad prudente”, aunque la portación de hasta 200 gramos sin la licencia necesaria se castigará con multa administrativa de hasta 10 mil 500 pesos.

En el proyecto elaborado por las comisiones de Justicia y Salud, que presiden Julio Menchaca y Miguel Ángel Navarro, se introducen modificaciones al proyecto original dado a conocer en octubre, en el que se eliminan las licencias de tipo científico, se determina que cada persona en un domicilio podrá tener hasta 6 plantas y un licenciatario sólo podrá sembrar marihuana de tipo psicoactivo hasta una hectárea en suelo abierto y bajo suelo cubierto mil metros.

El Estado tendrá intervención en la regulación del mercado, a través de la creación del Instituto Mexicano de la Cannabis, que será el responsable de entregar las licencias y permisos, llevar el registro de usuarios y ya no fijará la aplicación de impuestos, como se propuso originalmente.

Se establece que las comunidades afectadas por el narcotráfico y la delincuencia tendrán prioridad en la entrega de las licencias, al considerar que será un eje rector el “empoderamiento de grupos de campesinos, agricultores y comunidades en las actividades relativas a la siembra, plantación, cultivo y cosecha del cannabis y sus derivados, así como la preferencia de estos sobre otros grupos menos vulnerables en el goce de los derechos que la Ley otorga”.

Tipos de licencias

Entre los ajustes también se recoge la demanda de la industria del cáñamo, al especificar que este cannabis industrial no es un agente psicoactivo, por lo que se liberarán sólo cinco tipos de licencias, en las que se eliminan las de tipo científico contenidas en el anterior proyecto, y que incluirán las actividades auxiliares de transporte y almacenamiento.

Cultivo: adquisición de semilla o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha y preparación del cannabis.

Transformación: preparación, la transformación, la fabricación y la producción del cannabis, Comercialización: distribución y la venta al público del cannabis, sus derivados y productos.

Exportación o importación: distribución y venta fuera del territorio nacional en los términos de las leyes, tratados y demás normatividad aplicable, las cuales deberán precisar el destino u origen del producto del cannabis, respectivamente.

Investigación: adquisición de semilla o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha, la preparación y la transformación del cannabis y sus derivados, exclusivamente en las cantidades y en los términos del protocolo de investigación aprobado por la autoridad competente.

Hoy en día, sólo se permite la posesión y traslado de hasta 5 gramos; sin embargo, con esta ley se descriminalizan hasta 28 gramos, ya que seguirá siendo delito un mayor gramaje.

Proponen cantidad

Se propone de 5 a 28 gramos la cantidad de cannabis en la tabla del artículo 479 de la Ley General de Salud, es decir, “un tratamiento menos rígido a las conductas de las personas respecto al cannabis”.

“Se estima que es una cantidad prudente suficiente para su portación, en el entendido de que, para traer cantidades mayores, deberá entenderse que el cannabis no es para consumo personal, por lo que, para esos fines, deberá tramitarse la licencia que corresponda”.

En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis, sin las autorizaciones a que se refiere esta Ley y la Ley General de Salud, será remitido a la autoridad administrativa competente y se le impondrá una multa de sesenta a ciento veinte veces la Unidad de Medida y Actualización.

 

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