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Comisiones en San Lázaro avalan “ley antichancla”; prohíbe 'educar' con golpes  

El proyecto prohíbe a madre, padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutela, guarda, custodia y crianza de niños y adolescentes utilizar el castigo corporal o el trato humillante como método correctivo o disciplinario.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y la Adolescencia así como de Justicia de la Cámara de Diputados aprobaron el proyecto de ley para prohibir el castigo corporal y el trato humillante a los menores de edad como método correctivo o disciplinario.

Avaladas con 43 votos a favor en reunión semipresencial, las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes definen el castigo corporal o físico como todo acto cometido contra niñas, niños y adolescentes en que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas.

Considera igualmente acciones como obligar a los menores a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos, así como cualquier acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.

Como castigo humillante señala cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, o que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación de niñas, niños y adolescentes.

Aunado a lo anterior define como violencia familiar el uso intencional de la fuerza física, moral o cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia, humillación, incluyendo el castigo corporal contra niñas, niños y adolescentes.

El proyecto prohíbe a madre, padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutela, guarda, custodia y crianza de niños y adolescentes utilizar el castigo corporal o el trato humillante como método correctivo o disciplinario.

Establece que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda y custodia, así como de los encargados y personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, sin ser víctimas del castigo corporal o trato humillante.

El dictamen fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para ser votado en el pleno antes de concluir el actual periodo ordinario de sesiones

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