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La consulta ciudadana es anticonstitucional: Raúl Montoya Zamora

El ministro ponente, María Aguilar, propuso que se declara inconstitucional. 

Editorial Telediario Nacional /

Durango. - Sea cual sea el resultado de la consulta ciudadana, no se vinculará a los expresidentes solamente porque los ciudadanos lo prefieran y es que en México existen dependencias para investigar su sancionar a cualquier mexicano en caso se haber sospecha fundada de delitos, se abre una carpeta.

“La consulta ciudadana es anticonstitucional” dijo Raúl Montoya Zamora, especialista en Derecho.

El entrevistado, comentó que resulta una aliteración el hecho preguntar a los ciudadanos si requieren de una consulta para investigar a exfuncionarios público a nivel presidencia desde Carlos Salinas de Gortari hasta Enrique Peña Nieto, por lo que con la consulta no se llegará a nada concreto en el plano legal.

En meses pasados estuvimos presenciando, una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre el tema de la consulta ciudadana para enjuiciar a los expresidentes, fue un tema que ya había anunciado el presidente, Andrés Manuel López Obrador desde su campaña, de hecho, sin embargo, desde nuestro particular punto de vista, consideramos que la materia de la consulta resulta constitucional.

Un segmento importante de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, incluso el ministro ponente, María Aguilar, propuso que se declara inconstitucional. 

El expresidente del Tribunal Estatal Electoral, comentó que es más un tema político dado que el diseño de un gobierno incluye que se cuente con dependencias y mecanismos legales, para que se sancione cualquier delito.

“Las potestades de los órganos del estado, en este caso, la de la persecución de los delitos, no puede ser objeto de consulta. Si hay elementos para procesar y enjuiciar a cualquiera que sea la persona, llámese un ciudadano común o un expresidente, de los que señalaba la pregunta, desde Salinas de Gortari a Enrique Peña Nieto, que se proceda.  No puede ser objeto de consulta. La justicia, la impartición de justicia no puede ser objeto de consulta”.

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