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¿Cuál es el nivel de alcohol permitido en el alcoholímetro?

Checa aquí con cuánto nivel de alcohol podrías quedar detenido

Editorial Telediario Nacional /

Torreón, Coah.- Cada fin de semana, autoridades y comerciantes realizan diversos operativos para evitar que personas que hay ingerido bebidas embriagantes conduzcan un vehículo.

A pesar de esto, cada fin de semana es común ver accidentes provocados por conductores en estado de ebriedad.

Probablemente, alguna vez has manejado tras tomar una o dos bebidas, suponiendo que no debería causarte problemas, sin embargo, debes tomar en cuenta que tal vez esto sea suficiente para que los aparatos utilizados por los elementos de Tránsito y Vialidad detectan cierto nivel de alcohol que pueda ameritar, por lo menos una infracción.

 

 

¿Cuáles son los parámetros de alcohol y su respectiva infracción?

En Torreón, más de una vez, la dirección de Tránsito y Vialidad ha informado sobre los parámetros de niveles de alcohol que derivan en ciertas sanciones para los conductores que lo ameritan. A continuación, te dejamos los tres niveles de alcohol y sus respectivas consecuencias.

De 0 a 0.19 grados de alcohol

De acuerdo con lo informado, este es el nivel permitido y con el cual el conductor no es infraccionado, dado su bajo resultado. Este nivel indica que el conductor no ha ingerido bebidas alcohólicas, o bien, su consumo fue mínimo y con tiempo de sobra antes de comenzar a manejar.

De 0.20 a 0.39 grados de alcohol

Este nivel, es considerado únicamente como aliento alcohólico. En esta situación, el conductor, únicamente es acreedor a una multa.

De 0.40 o más grados de alcohol

Este nivel, ya es considerado como estado de ebriedad, el cual amerita la detención del conductor y el traslado de su vehículo al corralón municipal donde se deberá pagar una multa para recuperarlo.

Infracciones a pagar por conducir en estado de ebriedad

El reglamento señala las siguientes infracciones en relación al alcohol y las personas al volante o al manubrio, se anexan las propuestas de multa.

  • Infración No. 24: Conducir con aliento alcohólico de 15 a 20 UMAS
  • Infracción No. 25: Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas o enervantes de 40 a 60 UMAS
  • Infracción No. 150: Negarse a que se le relice la detección de alcohol o drogas de 80 a 120 UMAS
  • Infracción No. 160: Llevar en el interior del vehículo un envase de cualquier tipo que contenga bebida etílica o estupefacientes, que haya sido abierta y el contenido parcialmente consumido de 18 a 35 UMAS
  • Infracción No. 180: Ingerir bebidas embriagantes al conducir de 10 a 20 UMAS
  • Infracción No. 188: Manejar en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas, con menores de edad en el vehículo de 60 a 80 UMAS
  • Infracción No. 189: Manejar en estado de ebriedad o bajo el influjo de enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas, (Conductores del servicio público del autotransporte de carga y/o pasajeros) de 50 a 80 UMAS.
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