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Por desaparición de activista, CNDH emite recomendación a Fiscalía de Veracuz

l organismo indicó que hubo irregularidades de diversos servidores públicos en la investigación para dar con el paradero de la mujer.

Editorial Telediario Nacional /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) envió una recomendación al Fiscal General de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, por irregularidades de diversos servidores públicos en la investigación de la desaparición de una activista que colaboraba con organizaciones que brindan acompañamiento a familiares de personas desaparecidas o ausentes, cuyo paradero aún se desconoce.

Hasta el momento no hay avances para presumir la causa de su desaparición e identificar a los probables responsables, por lo que el caso permanece impune.

Cinco servidores públicos de dicha Fiscalía General violentaron el derecho de acceso a la justicia, en su modalidad de procuración de justicia, de la víctima y sus familiares, y no investigaron oportunamente la desaparición, ya que omitieron tomar en cuenta el contexto de la labor de activismo y acompañamiento de la víctima a familiares de personas desaparecidas, con lo cual dejaron de observar las obligaciones previstas en la normatividad que rige su actuación, según acreditó la CNDH en su investigación.

La CNDH solicitó en su momento a la Fiscalía General implementar medidas cautelares en favor de la activista desaparecida, para dar con su paradero, se respetaran sus derechos y se brindara seguridad a sus familiares.

Lo anterior, después de que el 25 de marzo de 2016, un portal de noticias informó sobre un grupo armado que privó de la libertad a dicha activista en el local en el que trabajaba.

En la investigación del caso, la CNDH constató que personal adscrito a dicha Fiscalía omitió realizar diversas acciones para su perfeccionamiento, por lo que no garantizaron el acceso a la justicia a los familiares de la agraviada e incurrieron en irregularidades.

Por lo anterior, la Comisión Nacional recomendó al Fiscal General del Estado de Veracruz realizar la debida integración de la investigación iniciada con motivo de la desaparición de la víctima y continuar con la indagatoria de los hechos, conforme a los estándares nacionales e internacionales de debida diligencia y debido proceso, así como instruir a la Visitaduría General de esa Fiscalía revisar la indagatoria del caso y presentar un plan de fortalecimiento de la investigación que tenga como objetivo la localización de la víctima.

También, colaborar con la CNDH en la queja que promueva ante la Visitaduría General contra los servidores públicos responsables; capacitar al personal de dicha Fiscalía sobre los protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia utilizados para la investigación de los delitos que se relacionen con la desaparición de personas, así como activistas que acompañen y representen casos, tomando en cuenta el Protocolo de Investigación para la Atención de los Delitos Cometidos en Agravio a Personas Defensoras de Derechos Humanos con motivo del ejercicio de su labor, emitido por la misma Fiscalía.

Dotar a los agentes del Ministerio Público de recursos materiales necesarios para realizar las investigaciones en casos de desapariciones; asignar a un servidor público de alto nivel que sea enlace para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación, e inscribir a los familiares de la persona desaparecida en el Registro Estatal de Víctimas y enviar a la Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

La CNDH recordó que las personas activistas que representan casos y dan acompañamiento a familiares de víctimas de desaparición y, en general, de víctimas de violaciones de derechos humanos, realizan tareas que las ubican en una situación de especial vulnerabilidad por lo que el Estado tiene un deber reforzado en su protección y, sobre todo, en investigar los casos de agresiones cometidas en su contra.

En la investigación de la desaparición de una persona las primeras horas son fundamentales, toda vez que el paso del tiempo guarda una relación directamente proporcional con la limitación y, en algunos casos, la imposibilidad para obtener las pruebas y testimonios, con lo que se dificulta o hace nugatoria la práctica de diligencias para esclarecer los hechos e identificar a los posibles autores y determinar su responsabilidad penal.

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