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Hoy entran en vigor limitantes a agentes de DEA, CIA y FBI

Las embajadas deberán informar al gobierno mexicano sobre todos aquellos hechos que, durante las investigaciones de sus agentes, puedan tener un impacto significativo en la vida del país.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Desde hoy, los agentes extranjeros en México desplegados por agencias federales estadunidenses, por ejemplo la DEA, la CIA y el FBI, deberán rendir cuentas a grupos de trabajo mexicanos que brindarán apoyo al Consejo de Seguridad Nacional en todas sus interacciones recíprocas.

Fuentes al interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) confirmaron a MILENIO que a partir del jueves se informó de esta medida a las representaciones diplomáticas acreditadas en nuestro país.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las embajadas deberán informar al gobierno mexicano sobre todos aquellos hechos que, durante las investigaciones de sus agentes, puedan tener un impacto significativo en la vida del país o que representen una amenaza a la Seguridad Nacional.

Estos lineamientos se desprenden de una reforma a la Ley Nacional de Seguridad propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador,luego del episodio diplomático con Estados Unidos derivado de la detención en octubre pasado del ex secretario de la Defensa Nacional, general Salvador Cienfuegos, acusado de narcotráfico tras una investigación de la DEA, que presuntamente incluyó escuchas ilegales.

Antes de la reforma a la Ley de Seguridad Nacional que entró en vigor el pasado 18 de diciembre, las reglas para la operación de agentes extranjeros databan del sexenio de Carlos Salinas de Gortari. 

El Grupo de Alto Nivel de Seguridad será presidido por la cancillería y estará integrado, a partir de hoy, por representantes de la Secretaría de Seguridad, las fuerzas armadas, el Centro Nacional de Inteligencia y la Guardia Nacional.

Será tarea del Grupo de Alto Nivel de Seguridad designar a los funcionarios que servirán como contactos para recibir y, en su caso, autorizar reuniones urgentes con agentes extranjeros en los términos que defina el Consejo de Seguridad Nacional.

ard 

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