user-icon user-icon
  • Clima
    • Ciudad de México 24ºC 14ºC Min. 24ºC Máx.
    • Rain
    • Próximos 5 días
      • Sábado
      • 14º / 23º
      • Rain
      • Domingo
      • 12º / 23º
      • Rain
      • Lunes
      • 12º / 22º
      • Rain
      • Martes
      • 12º / 20º
      • Rain
      • Miércoles
      • 13º / 21º
      • Rain
    • Pronóstico en video Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este viernes 20 de septiembre de 2024.
    • Norma García nos da el pronóstico del tiempo en la Ciudad de México para este viernes 20 de septiembre de 2024.
      • Video
      • media-content

Infundado, recurso de Peña sobre comisión de caso Iguala: Tribunal

Los magistrados determinaron que el fallo es claro, por lo que se debe crear la Comisión de la Verdad del caso Igual integrada por representantes de las víctimas, CNDH y el Ministerio Público de la Federación.

Editorial Telediario Nacional /

El pasado martes 26 de junio, Mauricio Fernández de la Mora, presidente del Primer Tribunal Colegiado emitió un acuerdo luego de que el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, a través del consejero jurídico de la Presidencia, Misha Granados, pidió aclarar la resolución dictada el 31 de mayo del presente año.

La misma solicitud la realizó Edgar Romo, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.

“En atención al acuerdo dictado el 19 del mes y año en curso, publicado y notificado el día de hoy, considero pertinente hacer mía (Mauricio Fernández) la solicitud de aclaración planteada en representación del Presidente de la República, así como de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

“Lo anterior, a fin de que el Pleno de este Tribunal Colegiado esté en aptitud de abordar dichos planteamientos en la próxima sesión ordinaria; con la precisión de que, la procedencia o no de la aclaración, debe versar no solamente respecto a la ejecutoria dictada en el amparo en revisión 203/2017, sino también en relación a los diversos 204/2017, 205/2017 y 206/2017, pues todos ellos guardan relación entre sí”, detalla el acuerdo.

El magistrado consideró que el fundamento legal de tal proceder, se encuentra en el artículo 74, último párrafo, de la Ley de Amparo; “por tanto, salvo su mejor opinión, más que la apertura de un incidente estimo que procede, en su caso, una aclaración oficiosa de la ejecutoria”.

Sin embargo, durante la sesión de este día, por unanimidad los magistrados declararon infundado el recurso de aclaración de sentencia.

Asimismo, en la sentencia se cita que todo oficio o determinación que se emita para su validez deberá contar con el aval de los representantes de las víctimas y de la CNDH. Las diligencias podrán ser practicadas en las instalaciones del organismo de derechos humanos.

También puntualiza que los peritos que participen en la comisión deberán ser independientes y pertenecer a instituciones públicas o privadas.

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon