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Joven secuestró, asesinó y mutiló a su pareja en Coahuila; pasará 156 años en prisión

Además de los años en prisión por feminicidio y otros delitos, deberá pagar un millón y medio de pesos por multa y reparación de los daños.

Editorial Telediario Nacional /

Coahuila.- Francisco Jordan fue sentenciado a 156 años de prisión por los delitos de secuestro agravado, feminicidio y ocultamiento, mutilación o destrucción de cadáver o de sus restos, por el Tribunal de Primera Instancia en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral en Saltillo.

Por unanimidad, el tribunal colegiado determinó que existían los medios probatorios para aplicar a Francisco Jordan la pena máxima de cada delito cometido en perjuicio de la víctima Gabriela Elizabeth, quien falleció a causa de violencia de género perpetrada por su pareja.

Además, se determinó aplicar al sentenciado una multa de 675 mil 920 pesos; un pago por reparación de daño de 422 mil 450 pesos y la misma cantidad por daño moral ocasionado a la familia de Gabriela; lo que da un total de 1 millón 520 mil 820 pesos.

También se incluyó en la condena de reparación de daños, que el acusado actúe en coordinación con las dependencias pertinentes para la búsqueda y localización de la totalidad de los restos que aún no han sido encontrados.

De igual forma, que se canalice a las víctimas indirectas del delito que son los familiares de Gabriela, para que se les otorgue rehabilitación y tratamiento en orden psicológico, al comprobarse que el daño moral que les fue causado además del dolor que les significó, les ocasionó angustia y depresión, así como perjuicio a su salud física y mental.

Finalmente, se solicitó a los medios de comunicación, la restitución de la condición de víctima de Gabriela Elizabeth, cuya desaparición y muerte fue ocasionada por la condición de violencia que vivía por parte de su pareja, y de la cual pretendía salir al momento de ser privada de su libertad y fallecer víctima de feminicidio.

La jueza presidenta Silvia Catalina Ortiz Castañeda, el juez relator Jesús Alfredo Herrera Ibarra y la Juez Tercer Integrante Carla Mayela Bustos, consideraron que, al perpetrar los delitos, el acusado de acuerdo a las circunstancias probadas actuó como autor material de los hechos sin apoyo de otra persona, y perpetró el delito por la noche en el domicilio que compartía con Gabriela, por lo que ocurre en un lugar seguro para la víctima.

Además, perpetró la mutilación de su ex pareja simplemente porque ésta pretendía abandonarle; agregaron que el hecho de haber comprado bolsas para depositar sus restos con el propósito de que éstos no fueran localizados, incrementa su margen de elección.

Se agregó que, en su comportamiento posterior, realizó actos tendientes a obstaculizar la investigación, al comprobarse que en el lugar las paredes fueron lavadas y se pintaron con el propósito de ocultar evidencia, además de que Jordan intentó vender el celular de Gabriela, e incluso solicitó a su entonces pareja que mintiera diciendo que toda la noche la había pasado juntos, a fin de fortalecer su coartada.

El ahora sentenciado, se dijo, tenía una condición especial en su relación sentimental con la víctima, y existen antecedentes de que la sometía a una relación desproporcional de poder en que la limitaba, controlando su relación con otras personas, entre otras cosas.

Cabe mencionar que luego del fallo, la defensa de Francisco Jordan aún puede acudir a una segunda instancia para tratar de impugnar esta decisión.

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