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Muerte de Giovanni López se trató de una ejecución extrajudicial: CEDHJ

La Comisión denunció que los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo.

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Editorial Telediario Nacional /

JALISCO.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió un informe especial donde concluyó que la muerte de Giovanni López se trató de una ejecución extrajudicial a manos de agentes municipales de Ixtlahuacán de los Membrillos.

“Se está ante un caso de una ejecución extrajudicial en la que se privó de la vida a Giovanni López, ya que su fallecimiento ocurrió cuando se encontraba bajo la custodia de elementos policiales y en instalaciones del gobierno municipal”, concluyó la Comisión.

“Durante la detención de Giovanni, fue golpeado de manera excesiva por parte de los agentes de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos al momento de detenerlo. Su muerte ocurrió bajo la custodia de los elementos de seguridad pública municipal y todo indica que su fallecimiento fue a consecuencia de las lesiones que sufrió y que aparecen en el parte médico”, agregó.

La Comisión denunció que los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni, al detenerlo el pasado 4 de mayo, fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo.

“Todos los golpes y lesiones ocasionados fueron de manera consciente y desproporcionada, lo que derivó en su fallecimiento. Al golpear en repetidas ocasiones al agraviado, los agentes policiales generaron actos de tortura, violando su derecho a la integridad personal”, refirió.

De acuerdo con la ficha de la detención, se confirmó que Giovanni ingresó a los separos municipales a las 22:17 horas del 4 de mayo, y los elementos que llevaron a cabo su detención tripulaban la unidad M-39; se advirtió además el alcaide a cargo asentó que, al momento de ingresar, el detenido no se encontraba en buen estado de salud.

En la inspección a los separos se advirtió que el circuito cerrado de video vigilancia no tiene sistema de almacenamiento por lo que no existían videos del día de los hechos, y una de las cámaras de las dos celdas no funcionaba adecuadamente y no existía una adecuada iluminación.

Se constató que el Juzgado Municipal no cuenta con médico de guardia y los servicios médicos municipales se encuentran aproximadamente a 1.2 kilómetros.

Se revisó el parte médico de lesiones, el cual fue elaborado a las 21:50 horas por el doctor de servicios médicos municipales, asentándose como lesiones: contusiones localizadas en ojo derecho y ojo izquierdo, pómulo izquierdo; tórax anterior parrilla costal lado derecho; epigastrio, mesograstrio, así como múltiples contusiones. El médico recomendó la toma de radiografías de cráneo y región abdominal, las cuales no se realizaron.

JALISCO.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) emitió un informe especial donde concluyó que la muerte de Giovanni López se trató de una ejecución extrajudicial a manos de agentes municipales de Ixtlahuacán de los Membrillos.

“Se está ante un caso de una ejecución extrajudicial en la que se privó de la vida a Giovanni López, ya que su fallecimiento ocurrió cuando se encontraba bajo la custodia de elementos policiales y en instalaciones del gobierno municipal”, concluyó la Comisión.

“Durante la detención de Giovanni, fue golpeado de manera excesiva por parte de los agentes de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos al momento de detenerlo. Su muerte ocurrió bajo la custodia de los elementos de seguridad pública municipal y todo indica que su fallecimiento fue a consecuencia de las lesiones que sufrió y que aparecen en el parte médico”, agregó.

La Comisión denunció que los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni, al detenerlo el pasado 4 de mayo, fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo.

“Todos los golpes y lesiones ocasionados fueron de manera consciente y desproporcionada, lo que derivó en su fallecimiento. Al golpear en repetidas ocasiones al agraviado, los agentes policiales generaron actos de tortura, violando su derecho a la integridad personal”, refirió.

De acuerdo con la ficha de la detención, se confirmó que Giovanni ingresó a los separos municipales a las 22:17 horas del 4 de mayo, y los elementos que llevaron a cabo su detención tripulaban la unidad M-39; se advirtió además el alcaide a cargo asentó que, al momento de ingresar, el detenido no se encontraba en buen estado de salud.

En la inspección a los separos se advirtió que el circuito cerrado de video vigilancia no tiene sistema de almacenamiento por lo que no existían videos del día de los hechos, y una de las cámaras de las dos celdas no funcionaba adecuadamente y no existía una adecuada iluminación.

Se constató que el Juzgado Municipal no cuenta con médico de guardia y los servicios médicos municipales se encuentran aproximadamente a 1.2 kilómetros.

Se revisó el parte médico de lesiones, el cual fue elaborado a las 21:50 horas por el doctor de servicios médicos municipales, asentándose como lesiones: contusiones localizadas en ojo derecho y ojo izquierdo, pómulo izquierdo; tórax anterior parrilla costal lado derecho; epigastrio, mesograstrio, así como múltiples contusiones. El médico recomendó la toma de radiografías de cráneo y región abdominal, las cuales no se realizaron.

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