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Niegan amparo a iglesia ligada a La Luz del Mundo contra bloqueo de cuentas

La Unidad de Inteligencia Financiera informó que se trata de la Fraternidad Levitica A.R. a la que le fueron bloqueadas al menos dos cuentas bancarias.

Editorial Telediario Nacional /

MÉXICO.- La Unidad de Inteligencia Financiera informó que fue negado un amparo que promovió una de las iglesias relacionadas con La Luz del Mundo y cuyas cuentas se mantendrán bloqueadas.

MILENIO confirmó que se trata de Fraternidad Levitica A.R., una de las iglesias vinculadas con La Luz del Mundo y a las que le fueron bloqueadas al menos dos cuentas bancarias en Santander el año pasado.

Esta iglesia está relacionada con Naasón Joaquín García, líder de la Luz del Mundo y preso en Estados Unidos por los delitos de tráfico de personas, pornografía infantil y violación de una menor.

El año pasado la Luz del Mundo ganó un amparo contra el bloqueo de sus cuentas, pero seis asociaciones más permanecen bloqueadas.

La Unidad de Inteligencia Financiera informó que el Juez Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco negó el amparo número 1558/2019.

“Esto al considerar que el bloqueo de cuentas respondió al cumplimiento por parte de la UIF, como autoridad del Estado mexicano, a las recomendaciones de GAFI, número 4, la cual dice que los países deben tener mecanismos para congelar los bienes producto o intento de lavado de activos. y la 29 donde señala que los paises miembros de GAFI deben tener una UFI para la recepción y análisis de información relacionada con el lavado de activos. Por lo anterior y en apego al marco legal nacional e internacional la UIF continúa su trabajo de combate a la corrupción”.

El juez mencionó que la UIF reveló que se detectaron operaciones dentro del sistema financiero nacional que no cuentan como causa actividades comerciales en negocios lícitos, señalando que el sueldo del líder de la asociación religiosa y sus integrantes no concuerdan con el declarado, que presentan operaciones por montos sumamente elevados y fuera del perfil como asociaciones religiosas.

Asimismo, que las diversas operaciones fiscales no concuerdan con los montos declarados, que se localizaron operaciones irregulares y transacciones por montos sumamente elevados enviados a manera triangular; además, que se detectaron transferencias internacionales en divisas extranjeras (dólares estadunidenses y euros) sin que él haya declarado tener relaciones comerciales en el exterior (información en aduanas o comercio exterior), así como operaciones en dólares en efectivo.

“Concluyendo que han ingresado al sistema financiero recursos del ámbito nacional a internacional con un alto grado de probabilidad de desprenderse de conductas ilícitas y cuyo objeto sea esconder el origen, propiedad y destino de bienes o recursos”, detalla la sentencia.

Olvera Arreola indicó que la UIF argumentó que el Estado mexicano se encuentra comprometido a implementar de manera efectiva las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, bajo los medios legales que dispongan para ello, y en el caso, las atribuciones para prevenir combatir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita de donde se desprende el lavado de dinero.

“…es evidente que el acuerdo emitido por el titular de la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deriva del cumplimiento de una obligación internacional asumida por nuestro país, por tanto opera como una medida cautelar, en tanto se trata de una medida provisional que responde justamente a un procedimiento específico que es:

“El cumplimiento de los compromisos internacionales que ha adquirido nuestro país, y por tanto, contrariamente a lo aducido por la quejosa, dicha medida cautelar no violenta su derecho humano de audiencia y debido proceso; por tal motivo, no existe invasión de competencia hacia las facultades del Ministerio Público en la investigación de los delitos al tratarse de un asunto que guarda relación con el cumplimiento de tratados internacionales”, indica la sentencia.

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MÉXICO.- La Unidad de Inteligencia Financiera informó que fue negado un amparo que promovió una de las iglesias relacionadas con La Luz del Mundo y cuyas cuentas se mantendrán bloqueadas.

MILENIO confirmó que se trata de Fraternidad Levitica A.R., una de las iglesias vinculadas con La Luz del Mundo y a las que le fueron bloqueadas al menos dos cuentas bancarias en Santander el año pasado.

Esta iglesia está relacionada con Naasón Joaquín García, líder de la Luz del Mundo y preso en Estados Unidos por los delitos de tráfico de personas, pornografía infantil y violación de una menor.

El año pasado la Luz del Mundo ganó un amparo contra el bloqueo de sus cuentas, pero seis asociaciones más permanecen bloqueadas.

La Unidad de Inteligencia Financiera informó que el Juez Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco negó el amparo número 1558/2019.

“Esto al considerar que el bloqueo de cuentas respondió al cumplimiento por parte de la UIF, como autoridad del Estado mexicano, a las recomendaciones de GAFI, número 4, la cual dice que los países deben tener mecanismos para congelar los bienes producto o intento de lavado de activos. y la 29 donde señala que los paises miembros de GAFI deben tener una UFI para la recepción y análisis de información relacionada con el lavado de activos. Por lo anterior y en apego al marco legal nacional e internacional la UIF continúa su trabajo de combate a la corrupción”.

El juez mencionó que la UIF reveló que se detectaron operaciones dentro del sistema financiero nacional que no cuentan como causa actividades comerciales en negocios lícitos, señalando que el sueldo del líder de la asociación religiosa y sus integrantes no concuerdan con el declarado, que presentan operaciones por montos sumamente elevados y fuera del perfil como asociaciones religiosas.

Asimismo, que las diversas operaciones fiscales no concuerdan con los montos declarados, que se localizaron operaciones irregulares y transacciones por montos sumamente elevados enviados a manera triangular; además, que se detectaron transferencias internacionales en divisas extranjeras (dólares estadunidenses y euros) sin que él haya declarado tener relaciones comerciales en el exterior (información en aduanas o comercio exterior), así como operaciones en dólares en efectivo.

“Concluyendo que han ingresado al sistema financiero recursos del ámbito nacional a internacional con un alto grado de probabilidad de desprenderse de conductas ilícitas y cuyo objeto sea esconder el origen, propiedad y destino de bienes o recursos”, detalla la sentencia.

Olvera Arreola indicó que la UIF argumentó que el Estado mexicano se encuentra comprometido a implementar de manera efectiva las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, bajo los medios legales que dispongan para ello, y en el caso, las atribuciones para prevenir combatir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita de donde se desprende el lavado de dinero.

“…es evidente que el acuerdo emitido por el titular de la UIF de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deriva del cumplimiento de una obligación internacional asumida por nuestro país, por tanto opera como una medida cautelar, en tanto se trata de una medida provisional que responde justamente a un procedimiento específico que es:

“El cumplimiento de los compromisos internacionales que ha adquirido nuestro país, y por tanto, contrariamente a lo aducido por la quejosa, dicha medida cautelar no violenta su derecho humano de audiencia y debido proceso; por tal motivo, no existe invasión de competencia hacia las facultades del Ministerio Público en la investigación de los delitos al tratarse de un asunto que guarda relación con el cumplimiento de tratados internacionales”, indica la sentencia.

 

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