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Niegan a ‘El Padrino’ prisión domiciliaria; seguirá en el penal de Puente Grande

El narcotraficante fue sentenciado como responsable de los asesinatos de un agente de la DEA y un piloto mexicano.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO.- Miguel Ángel Félix Gallardo, ‘El Padrino’, líder del extinto cártel de Guadalajara, permanecerá en el penal de máxima seguridad de Puente Grande, Jalisco, porque un Tribunal Federal rechazó concederle un amparo para que compurgue su sentencia de 37 años de prisión en su domicilio.

El capo de capos fue sentenciado como responsable de participar en el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, crimen cometido en 1985, en Guadalajara, Jalisco.

En la década de los 80, Félix Gallardo tuvo como sus subordinados, entre otros, a Amado Carrillo Fuentes, El Señor de los Cielos; Héctor Luis El Güero Palma Salazar, Joaquín El Chapo Guzmán y los hermanos Arellano Félix, así como Rafael Caro Quintero y Ernesto Fonseca Carrillo, Don Neto, quienes después se convirtieron en los principales barones de la droga y terminaron enfrentándose.

En su demanda de garantías, Félix Gallardo argumentó que tiene más de 70 años y su estado de salud es precario, motivo por el cual alcanza el beneficio de la prisión domiciliaria, y advirtió que no concedérsela sería un acto de discriminación.

No obstante, por unanimidad, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en la Ciudad de México, resolvieron que el otorgamiento de la prisión domiciliara, por edad, constituye una facultad potestativa del Poder Judicial, es decir, no es un derecho de la persona sino una facultad de la autoridad judicial y dependerá de cada caso en específico si la persona puede o no cumplir con la pena impuesta, pues de aseverar lo contrario desnaturalizaría el aludido beneficio, y lo convertiría en un derecho de todo sentenciado.

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“En suma, porque no existe medio de prueba alguno que acredite que el quejoso no pueda compurgar la pena de prisión que se le impuso en internamiento, ya que si bien con motivo de su edad presenta un deterioro en su salud, los padecimientos que presenta no evidencian una notoriedad innecesaria para que cumpla con la pena impuesta”, indicaron los magistrados.

Asimismo, determinaron que los medios de prueba aportados por la defensa del quejoso son insuficientes para establecer que la edad de ‘El Padrino’ implica una amenaza para éste al estar en reclusión, pues aun y cuando el mismo tiene diversos padecimientos, “lo cierto es que los mismos no representan una amenaza a la vida de aquél, y por tanto no acreditan una notoriedad innecesaria para que el antes citado compurgue la pena de prisión que le fue impuesta en el interior del centro penitenciario”.

El Tribunal señaló que Félix Gallardo actualmente se encuentra bajo tratamiento médico por diagnósticos ya conocidos, el cual es proporcionado de manera diaria, resaltando que el mismo al momento de ser analizado por la perito en geriatra le fueron hallados parámetros clínicos dentro del rango normal para su edad, sin lesiones.

“Tan es así que todos los peritos que presentaron sus respectivas experticiales señalaron que el sentenciado se había presentado a su revisión en forma consciente, tranquilo, bien orientado en las tres esferas, con un lenguaje coherente, congruente y fluido, neurológicamente íntegro, con signos vitales dentro de los límites normales”, detalla el expediente.

Los dictámenes demuestran que el capo de capos ha tenido oportunidad de ser atendido por médicos especialistas, a fin de diagnosticar y controlar mediante tratamiento médicos sus afecciones de salud propias de la edad que tiene.

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