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Por estas razones el SAT podría dar de baja tu sello digital 

El asesor fiscal, Raúl Montemayor advirtió que el SAT puede aplicar esta medida según la disposición del artículo 17 Bis, del Código Fiscal de la Federación.

Editorial Telediario Nacional /

MONTERREY.- Aunque es importante para elaborar una factura, los contribuyentes corren el riesgo de tener una restricción temporal de su sello digital por diferentes causales.

El asesor fiscal, Raúl Montemayor, explicó que el SAT puede aplicar esta medida según la disposición del artículo 17 Bis, del Código Fiscal de la Federación que entró en operaciones desde este año.

Algunos de los motivos para que el sello digital sea dado de baja son...

- Cuando no se localice al contribuyente en su domicilio

- Ingresos declarados no correspondan

- Medios de contacto incorrectos

- Infracciones del contribuyente relacionadas al RFC, declaraciones o contabilidad

- Domicilio fiscal erróneo

- No presentar declaración en dos meses

En caso de que se aclare la situación mediante pruebas al día siguiente de la solicitud, el certificado será restablecido.

También advirtió que las personas morales, deben tener cuidado al momento de realizar la declaración anual, ya que al tener una solicitud electrónica que ya viene pre llenada, los errores aparecen con frecuencia.

 

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