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Realizan reformas a la Ley de Notariado en Coahuila

Eliminaron facultades del Ejecutivo para dispensar requisitos para otorgamiento de Fiat Notarial.

Editorial Telediario Nacional /

El Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley del Notariado del Estado para eliminar las facultades del Poder Ejecutivo para dispensar algunos requisitos para otorgar el Fiat Notarial.

El Presidente de la Junta de Gobierno del Congreso Local, Luis Gurza Jaidar, comentó que con las reformas a la Ley del Notariado, presentada por el Gobernador del Estado, Miguel Ángel Riquelme Solís, se aborda y resuelve la problemática en esta ley eliminando las facultades de dispensa que tiene el Ejecutivo.

Detalló que se eliminará la facultad del Gobernador para dispensar la presentación de examen, la experiencia de 3 años y un año de trabajo notarial previo a los aspirantes a un Fiat Notarial en esta entidad.

“De manera tal que el Gobernador queda fuera de la dispensa o la posibilidad de dispensar la presentación de exámenes, queda fuera de dispensar el que gocen de 3 años de experiencia, queda fuera de dispensar el que estén en un año con trabajos notariales”, dijo.

“Y esta eliminación de las facultades que tiene el gobernador de dispensar, sin duda va a llegar a fortalecer este importante sector de nuestro estado, de modo tal de que el que quiera ser notario no podrá dispensarse de esos elementos y los que la actual ley tenía”, agregó.

Las reformas a la Ley del Notariado de Coahuila otorgan la facultad a los notarios para certificar, ratificar y autorizar el divorcio voluntario notarial, siempre y cuando proceda así de acuerdo a la Ley para la Familia y el Código de Procedimientos Familiares.

Además otorga a los notarios la facultad de promover la donación de órganos después de la muerte y levantar el acta correspondiente a los donadores.

Se elimina la facultad de los notarios de otorgar instrumentos sin identificación previa de los comparecientes.

Se sustituye la Figura del Ejecutivo del Estado por la del Secretario de Gobierno para adecuarlo al procedimiento sancionador establecido en la misma ley; en este sentido se establece que el cargo de notario termina de manera definitiva por sanción impuesta por el Secretario de Gobierno.

Precisa la Facultad del Secretario de Gobierno para nombrar notario sustituto y para nombrar representante del Ejecutivo para realizar clausura de protocolo.

Establece que la responsabilidad administrativa en la que incurra un notario público por violaciones a la misma ley será efectiva por el Secretario de Gobierno; y crea la institución de Notario Adjunto.

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