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SAT crea minisitio para que Uber, Netflix y otras apps paguen sus impuestos

Este minisitio está integrado por un apartado específico para las plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales.

Editorial Telediario Nacional /

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) creó un minisitio dentro de su portal de internet para las plataformas tecnológicas, con el objetivo de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, pues el 1 de junio pasado entró en vigor el nuevo esquema fiscal para ellas.

El minisitio, que se puede encontrar aquí, puede ser usado por las plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras, así como por las personas físicas con actividad empresarial que enajenan bienes, prestan servicios o concedan hospedaje a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, para que localicen en un sólo lugar la información necesaria para realizar sus contribuciones.

Detalló que este minisitio está integrado por un apartado específico para las plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales, con el fin de que conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo diverso relacionado con este tema.

Para conocer las declaraciones que son obligadas a presentar, se puede ingresar a los simuladores.

En el caso de personas físicas, si pertenecen al RIF, éstas pueden presentar su solicitud de cambio de régimen mediante un caso de Servicio de Atención al Contribuyente, autentificándose con el RFC y contraseña en:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.act ion,

Asimismo, los contribuyentes podrán consultar su cambio de régimen, en un máximo de seis días hábiles.

Bajo este esquema no es necesario acudir a las instalaciones para realizar el trámite. El SAT sugiere que, para generar, actualizar o recuperar la contraseña se utilice SAT ID; plataforma que funciona para cualquier régimen de personas físicas, a excepción de menores de edad.

Para esto se necesita:

Utilizar SAT ID si es persona mayor de 18 años inscrita en cualquier régimen de personas físicas.

Usar Chrome o Mozilla como explorador al momento de solicitar la contraseña a través de SAT ID, o descarga la aplicación en Play Store para Android o en App Store para IOS

Adjuntar una identificación oficial; si es INE, licencia o cédula profesional escanearla por ambos lados.

Si el SAT encuentra inconsistencias en el proceso de validación, se enviará un correo o un mensaje con las indicaciones para iniciar un nuevo proceso; se tienen hasta tres oportunidades para realizarlo.

En caso de contar con alguna discapacidad que impida cumplir con los pasos que pide SAT ID, se debe solicitar ayuda a un tercero que comente durante el video por qué está ayudando, es importante que ambas personas aparezcan en el mismo.

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MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) creó un minisitio dentro de su portal de internet para las plataformas tecnológicas, con el objetivo de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, pues el 1 de junio pasado entró en vigor el nuevo esquema fiscal para ellas.

 

El minisitio, que se puede encontrar aquí, puede ser usado por las plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras, así como por las personas físicas con actividad empresarial que enajenan bienes, prestan servicios o concedan hospedaje a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, para que localicen en un sólo lugar la información necesaria para realizar sus contribuciones.

 

Detalló que este minisitio está integrado por un apartado específico para las plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales, con el fin de que conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo diverso relacionado con este tema.

 

Para conocer las declaraciones que son obligadas a presentar, se puede ingresar a los simuladores.

 

En el caso de personas físicas, si pertenecen al RIF, éstas pueden presentar su solicitud de cambio de régimen mediante un caso de Servicio de Atención al Contribuyente, autentificándose con el RFC y contraseña en:

m{251413}

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.act ion,

 

Asimismo, los contribuyentes podrán consultar su cambio de régimen, en un máximo de seis días hábiles.

 

Bajo este esquema no es necesario acudir a las instalaciones para realizar el trámite. El SAT sugiere que, para generar, actualizar o recuperar la contraseña se utilice SAT ID; plataforma que funciona para cualquier régimen de personas físicas, a excepción de menores de edad.

 

Para esto se necesita:

 

Utilizar SAT ID si es persona mayor de 18 años inscrita en cualquier régimen de personas físicas.

 

Usar Chrome o Mozilla como explorador al momento de solicitar la contraseña a través de SAT ID, o descarga la aplicación en Play Store para Android o en App Store para IOS

 

Adjuntar una identificación oficial; si es INE, licencia o cédula profesional escanearla por ambos lados.

 

Si el SAT encuentra inconsistencias en el proceso de validación, se enviará un correo o un mensaje con las indicaciones para iniciar un nuevo proceso; se tienen hasta tres oportunidades para realizarlo.

 

En caso de contar con alguna discapacidad que impida cumplir con los pasos que pide SAT ID, se debe solicitar ayuda a un tercero que comente durante el video por qué está ayudando, es importante que ambas personas aparezcan en el mismo.

 

 

 

 

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