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¡El SAT lo vuelve a hacer! A partir de junio, tendrás que declarar depósitos de más de 5 mil pesos

Los principales identificados como quienes no declaran legalmente, son los conductores de plataformas digitales de transporte.

Editorial Telediario Nacional /

MÉXICO.- Será a partir de junio que las personas que reciban depósitos de más de cinco mil pesos tendrán que declarar ante Hacienda el origen del dinero, y porqué les fue entregada esa cantidad.

Esto debido a que con la Reforma Fiscal se verán obligados a tributar.

El Congreso del Estado de Jalisco, realizará talleres para orientar a la ciudadanía y en particular, a conductores de plataformas digitales de transporte, pues son uno de los grupos identificados como quienes no declaran legalmente.

La Reforma Fiscal afirma que cualquier persona que tenga nómina o no, tendrá que declarar, si omiten esto, obtendrán una penalización.

Por otra parte, estos son los cambios más relevantes en este año:

  1. Activación del Buzón Tributario: Es obligación de los contribuyentes el darlo de alta, pues si no lo hacen podrán tener una sanción de hasta los nueve mil pesos.
  2. Arrendamiento: se necesitará la comprobación de facturas cuando un arrendador interponga juicio para el pago de multas vencidas
  3. Subcontratación laboral: Las empresas que contraten personal, tienen que enterar y retener seis por ciento del IVA.
  4. Contratación de adultos mayores y personas con discapacidad: Luego de ser contratadas, el contribuyente podrá deducir hasta el 25 por ciento del salario pagado.
  5. Secreto Fiscal: No se reservará el nombre de las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores y no tengan su constancia de cumplimiento.
  6. Reducción de impuestos sobre la renta a ejidatarios y comuneros: Personas de cuyos ingresos sean derivados de actividades del sector privado, se otorgará reducción del 30 por ciento del ISR.
  7. Plataformas Digitales: Todas las empresas que correspondan a este sector tendrán que enterar y retener el IVA e ISR que corresponda.
  8. Restricción del Certificado del Sello Digital: Este año se estableció el derecho de audiencia para retirar restricción temporal del Certificado de Sello Digital.
  9. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: Fueron actualizadas las cuotas del IEPS aplicables a tabacos labrados, cigarros, y bebidas saborizantes.

 

 

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