Da SCJN razón a Jaime Rodríguez y tumba reglas para sancionarlo
La Primera Sala de la SCJN determinó que las reglas procesales expedidas por los diputados de Nuevo León para sancionarlo y que fueron publicadas el 25 de septiembre de 2019 no son válidas.
MONTERREY.- Tras dos años de litigios e intentos por sancionarlo, el Gobernador Jaime Rodríguez Calderón ganó el round definitivo al Congreso local, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarara fundada la controversia constitucional presentada por el mandatario y, con ello, tumbó el procedimiento creado para castigar el desvío de recursos humanos en la campaña presidencial del 2018.
Con 3 votos a favor de los ministros Juan Luis González Alcantara, Alfredo Gutiérrez y Jorge Pardo, y dos en contra de las ministras Margarita Ríos-Fajat y Norma Piña, la Primera Sala de la SCJN determinó que las reglas procesales expedidas por los diputados de Nuevo León para sancionar a Rodríguez Calderón y que fueron publicadas el 25 de septiembre de 2019 no son válidas, al igual que el acuerdo de radicación e inicio de procedimiento derivado de dichas reglas.
No obstante, la Corte reconoce que la resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por la que se ordena sancionar al gobernador sigue vigente, pero solo autoriza a que los diputados elijan el tipo de responsabilidad que corresponde.
La sentencia votada sostiene que las reglas creadas violaron la garantía de legalidad, el principio de igualdad jurídica al constituir una ley privativa y, por lo tanto, también vulneró el principio de división de poderes en grado de subordinación en perjuicio del gobernador.
También se advirtió una contradicción entre las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral, que por un lado pedía a los legisladores revisar si los hechos atribuidos a Rodríguez Calderón generaban alguna responsabilidad dentro de las leyes estatales, y por otro lado, decidió que el Congreso local era competente para sancionarlo.
"El mandato concreto al Congreso local consistía en revisar el marco normativo aplicable al Estado de Nuevo León para determinar si la conducta acreditada encuadraba en algún supuesto de responsabilidad del marco normativo aplicable, y actuar conforme a las facultades que en cada caso tuvieran; pero no como un mandato forzoso para sancionar, por sí mismo, al Titular del Poder Ejecutivo local", se afirma en la sentencia.
Con ello, el Congreso de Nuevo León queda imposibilitado para sancionar vía directa al gobernador Jaime Rodríguez Calderón.
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