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Si trabajaste hoy ¡Esto es lo que deben pagarte!

Esto, con base en la Ley Federal del Trabajo.

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Editorial Telediario Nacional /

México.- El día de hoy 16 de noviembre en México se conmemora el inicio de la Revolución Mexicana, por lo que por ley es un día de asueto, es decir no es laborable, sin Embargo, hay algunas empresas que no paran el trabajo y los empleados tiene que asistir a laborar.

Si te tocó trabajar este día, pon atención, te decimos cuántos es lo que te tienen que pasar; en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo se señala que toda persona que labore este día se le tendrá que pagar su sueldo más el doble de lo que corresponde a su salario, es decir, el triple.

No obstante, esto no aplica para aquellos que trabajan por honorarios.

Recuerda que, por ley, sólo estos son los días asuetos en la República Mexicana.

Los días festivos considerados en la Ley Federal del Trabajo son: El 1o. de enero. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo. El 1o. de mayo. El 16 de septiembre. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. El 25 de diciembre.

México.- El día de hoy 16 de noviembre en México se conmemora el inicio de la Revolución Mexicana, por lo que por ley es un día de asueto, es decir no es laborable, sin Embargo, hay algunas empresas que no paran el trabajo y los empleados tiene que asistir a laborar.

Si te tocó trabajar este día, pon atención, te decimos cuántos es lo que te tienen que pasar; en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo se señala que toda persona que labore este día se le tendrá que pagar su sueldo más el doble de lo que corresponde a su salario, es decir, el triple.

No obstante, esto no aplica para aquellos que trabajan por honorarios.

Recuerda que, por ley, sólo estos son los días asuetos en la República Mexicana.

  • Los días festivos considerados en la Ley Federal del Trabajo son: El 1o. de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo. El 1o. de mayo. El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.
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