user-icon user-icon
  • Clima
    • Torreón 14ºC 14ºC Min. 30ºC Máx.
    • Clear
    • Próximos 5 días
      • Sábado
      • 14º / 29º
      • Clear
      • Domingo
      • 16º / 30º
      • Clear
      • Lunes
      • 13º / 22º
      • Clear
      • Martes
      • 10º / 25º
      • Clear
      • Miércoles
      • 12º / 24º
      • Clear
    • Pronóstico en video Abimael Salas nos da el pronóstico del tiempo en Saltillo para este jueves 14 de noviembre de 2024.
    • Abimael Salas nos da el pronóstico del tiempo en Saltillo para este jueves 14 de noviembre de 2024.
      • Video
      • media-content

TEPJF ordena evaluar impacto de entrevista a Ricardo Anaya

La Sala Especializada deberá analizar el contenido, las modalidades de difusión, el número de impactos de la difusión de diversos fragmentos la entrevista hecha al panista por Toño Esquinca.

Editorial Telediario Nacional /

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada que determinó la inexistencia de la presunta contratación o adquisición de tiempo en radio atribuida al líder nacional del PAN,  Ricardo Anaya.

El PRI interpuso un recurso de revisión sobre la resolución de la sala respecto a la transmisión de tres cápsulas de una entrevista realizada al panista por el conductor Toño Esquinca y difundida en varias emisoras de Grupo Radio Centro.

Conforme al criterio empleado por el tribunal, una entrevista difundida de manera integral o en vivo, goza en principio de la presunción de espontaneidad y protección a la libertad de expresión periodística y no puede considerarse como una modalidad de adquisición de tiempos en radio y televisión.

No obstante, la retransmisión editada del contenido, a través de diversas cápsulas y en emisoras distintas, debe ser analizada de manera más escrupulosa por las autoridades electorales, a fin de analizar si con esa modalidad se infringen o no prohibiciones constitucionales y legales.

Por unanimidad, el pleno de la Sala Superior ordenó a la Sala Especializada analizar el contenido, las modalidades de difusión, el número de impactos y los elementos temporal y personal de la difusión de diversos fragmentos la entrevista.

Al resolver el recurso SUP-REP-47-2017, interpuesto por el PRI, los magistrados estimaron que la Sala Especializada no valoró si el uso de cápsulas o fragmentos de una entrevista de género periodístico tiene solamente fines u objetivos comerciales, editoriales e informativos, o bien puede considerarse como un acto de promoción política prohibida por el Artículo 41 constitucional.

El TEPJF estableció que, si la Sala Especializada acredita la infracción, deberán determinarse los sujetos responsables, de acuerdo con el grado de responsabilidad, autoría, coautoría e incluso omisión,  según sea el caso.

Tribunal revoca ordena a PRD  emitir nueva convocatoria para renovar dirigencia nacional

El TEPJF revocó la resolución de la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD que declaró infundadas las quejas contra la omisión de su Comité Ejecutivo Nacional y la Mesa Directiva del Consejo Nacional, de aprobar los actos tendentes a renovar los órganos de dirección.

De conformidad con el marco normativo aplicable y en atención a la fecha de conclusión del encargo de los actuales dirigentes, resulta imperioso que los órganos internos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) den continuidad al proceso de renovación iniciado.

Los magistrados no aceptaron la petición de que fuera la Sala Superior la que resolviera su impugnación y ordenó a la Comisión Nacional Jurisdiccional que en un plazo no mayor a tres días emita una nueva convocatoria.

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon