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Condusef advierte de 7 cláusulas abusivas detectadas en tarjetas de crédito

Algunas de ellas consiguen dañar el patrimonio de los usuarios, por lo cual, las autoridades exhortan a la ciudadanía a revisar cada punto que está en su contrato.

Redacción Guadalajara, Jalisco /

Contratar una tarjeta de débito o crédito no debe tomarse a la ligera, ya que de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) son varias las empresas que hacen uso de las denominadas cláusulas abusivas que afectan al usuario al momento de firmar con una institución bancaria.

La Condusef trabaja de manera constante para sancionar a los bancos que incluyen en sus contratos algunas clausulas que obligan al usuario a pagar una tasa superior de interés, e incluso, cargos que posteriormente serán cobrados al titular sin autorización.

¿En qué tipos de créditos han encontrado clausulas abusivas?

De acuerdo con las autoridades, han detectado este tipo de anomalías en los siguientes productos:

  • Créditos automotrices
  • Crédito de habilitación o avío
  • Crédito en nómina
  • Crédito en cuenta corriente
  • Créditos hipotecarios
  • Crédito simple
  • Crédito personal
  • Tarjetas de crédito

¿Cuáles son las clausulas abusivas que detectó la Condusef?

A continuación te decimos las clausulas que el Condusef calificó como abusivas en algunas instituciones bancarias, por lo cual, es importante que te informes muy bien de lo que viene en un contrato antes de sacar tu tarjeta de crédito o débito.

Tarjeta del Inapam / Especial
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  1. Que establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo, ni el saldo por el cual se hará el monto.
  2. Que establezcan la autorización irrevocable para cargar las parcialidades del crédito en cualquier cuenta de nómina o de depósito a nombre del usuario contratada con otra institución financiera.
  3. Establecen que la acreditación del pago con cheque sería hasta el momento en que la institución financiera dé por cumplido el pago, sin determinar una fecha cierta.
  4. Que establezcan que los pagos anticipados o adelantados se aplican a discreción de la institución financiera.
  5. Que permitan que el acreditado tenga que avisar con antelación a la institución financiera la realización de un pago anticipado total o parcial del crédito.
  6. Restringir o limitar la disposición de saldos existentes en las cuentas de depósito que el acreditado tenga abiertas con la institución financiera, mientras el crédito esté vigente, excepto cuando los recursos depositados en la cuenta se hubiesen otorgado en garantía.
  7. Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero.

Lo anterior puede poner en riesgo tu patrimonio, incluso provocar que pierdas todo el dinero que has logrado conseguir. En caso de detectar una clausula abusiva en tu contrato con el banco puedes denunciar a través del 55 53400 999, y si requieres más información del tema, puedes leer la revista del Condusef en dan clic aquí.

MRG


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