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¿Cuánto me deben PAGAR si trabajo el 1 y 2 de noviembre? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

El 1 y 2 de noviembre se celebra el Día de Muertos en México, por ello es importante conocer qué dice la Ley Federal del trabajo sobre el pago de estos días.

Redacción Guadalajara, Jalisco /

El Día de Muertos, una de las festividades más emblemáticas de México, se celebra el 1 y 2 de noviembre. Esta tradición, reconocida por la Unesco como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, es esperada con anticipación y se acompaña de celebraciones en todo el país. Desde semanas antes, el ambiente se llena de color, ofrendas y eventos en honor a los seres queridos que ya no están. Sin embargo, aunque muchos se suman a las festividades, algunos trabajadores deberán laborar durante estas fechas, y surge la duda importante de si debe pagarse doble por trabajar el 1 y 2 de noviembre.

La respuesta es no. La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México no considera el 1 y 2 de noviembre como días de descanso obligatorio y por tanto, no establece que se deba otorgar un pago doble o extra a los empleados que deban acudir a laborar en estas fechas.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el Día de Muertos?

De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, se determina un listado de días festivos considerados como asuetos obligatorios, es decir, días en los cuales los trabajadores tienen derecho a un descanso con goce de sueldo. No obstante, el Día de Muertos no forma parte de esta lista, lo que significa que de manera oficial, no es un día de descanso obligatorio y en consecuencia no requiere pago adicional en caso de que el trabajador deba presentarse a laborar.

Altar en el Festival de los Muertos en Tlaquepaque | Especial
Altar en el Festival de los Muertos en Tlaquepaque | Especial

Algunas empresas, por voluntad propia, deciden otorgar estos días como descanso o aplicar un horario especial, como jornada de medio tiempo, para permitir que sus empleados participen en las celebraciones del Día de Muertos. Sin embargo, esta disposición depende de la modalidad de cada empresa y no de una obligación legal. Por lo tanto, la decisión final recae en cada institución, compañía o centro de trabajo.

¿Qué sucede en el ámbito escolar?

El impacto de esta festividad también se refleja en el sistema educativo. Según el Calendario Escolar 2024-2025, emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP), el 2 de noviembre no está considerado como día de asueto oficial para el nivel básico, que incluye preescolar, primaria y secundaria. Esto se debe a que la fecha cae en fin de semana, por lo cual no se contempla un día libre para los estudiantes.

Sin embargo, muchas escuelas organizan actividades y eventos alusivos al Día de Muertos durante la semana previa a la festividad. Es común que alumnos y docentes participen en festivales y ceremonias en honor a esta tradición, realizando ofrendas, concursos de altares y otras actividades culturales. De esta forma, aunque no se otorgue un descanso formal, la tradición se mantiene viva dentro de las instituciones educativas.

El Día de Muertos es una de las festividades más representativas de la cultura mexicana, que año con año reúne a millones de personas en torno al recuerdo de sus seres queridos. No obstante, aquellos que laboren el 1 y 2 de noviembre deberán tomar en cuenta que, al no estar contemplados como días de descanso obligatorio en la LFT, no tendrán derecho a recibir un pago doble o extra.

Aun así, tanto trabajadores como estudiantes encontrarán la manera de celebrar esta tradición, participando en actividades y eventos que honran esta emblemática fecha.

AM

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