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El nuevo Plan de reestructura de créditos te permitirá liquidar deuda hasta en 5 años  

La Secretaría de Hacienda, a través de la CNBV, dio a conocer este viernes las facilidades regulatorias para los bancos y otras instituciones que decidan sumarse al programa; sin embargo, estas medidas no son de carácter obligatorio.

Editorial Telediario Nacional /

CIUDAD DE MÉXICO. - La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informó este viernes a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las nuevas facilidades regulatorias para los bancos y otras instituciones bancarias que decidan sumarse al programa de reestructuras y renovaciones que los créditos, mismas que incluyen quitas, condonaciones, bonificaciones y descuentos que incentiven el pago y que deberán quedar formalizadas antes de 24 de septiembre de 2021.

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“Sera opcional para las instituciones de crédito realizar renovaciones o reestructuraciones de crédito apegándose a las Facilidades Contables Covid...Las reestructuras o renovaciones de los créditos deberán reflejar un beneficio económico para los acreditados fomentando esquemas que propicien a la disminución en el importe de los pagos”, indicó la dependencia.

El documento señala que las restructuras también deberán estar sujetas a la disminución del importe nominal de los pagos periódicos de por lo menos el 25 por ciento, asimismo, la ampliación del plazo de pago para el crédito en más del 50 por ciento del plazo original. 

 

 

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CIUDAD DE MÉXICO. - La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informó este viernes a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las nuevas facilidades regulatorias para los bancos y otras instituciones bancarias que decidan sumarse al programa de reestructuras y renovaciones que los créditos, mismas que incluyen quitas, condonaciones, bonificaciones y descuentos que incentiven el pago y que deberán quedar formalizadas antes de 24 de septiembre de 2021.

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El documento señala que las restructuras también deberán estar sujetas a la disminución del importe nominal de los pagos periódicos de por lo menos el 25 por ciento, asimismo, la ampliación del plazo de pago para el crédito en más del 50 por ciento del plazo original. 

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