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Cómo solicitar la pensión de incapacidad permanente o la de invalidez en el IMSS

El IMSS cuenta con la incapacidad permanente y la pensión de invalidez para los trabajadores, aquí te decimos en qué casos se otorga y todo lo necesario para solicitarlas.

Redacción Ciudad de México /

En el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) los trabajadores que sufran una enfermedad de trabajo o accidente de trabajo que les impida continuar laborando, cuentan con la opción de solicitar la pensión de incapacidad permanente o de invalidez. Conoce aquí cómo tramitarla.

¿Quién puede recibir la pensión de incapacidad permanente del IMSS?

La pensión se otorga al asegurado que haya sufrido un riesgo de trabajo, previo dictamen de incapacidad permanente total o parcial para trabajar que derive del mismo, emitido por los servicios médicos institucionales.

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La pensión permanente parcial o total provisional, se otorgará por un periodo de dos años, después de transcurrido ese tiempo, en caso de que los servicios médicos institucionales lo consideren previo una revisión del estado de incapacidad, la pensión se puede entregar de forma definitiva.

Requisitos para solicitar la pensión permanente

  • Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos.
  • Que el asegurado haya sufrido un riesgo de trabajo ocasionándole incapacidad permanente total o parcial para trabajar.
  • Que la incapacidad para el trabajo haya sido dictaminada por los servicios médicos institucionales.
  • Documentos para solicitar la pensión permanente
  • Identificación oficial con fotografía y firma
  • Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado, el documento debe ser expedido por el IMSS, el Infonavit o una Afore.
  • Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore, con una antigüedad no mayor a seis meses.
  • Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto.
  • Copia certificada del Acta de Nacimiento
  • Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3, expedido por los servicios médicos institucionales.

Solicitud de pensión de invalidez

La pensión se otorga cuando el asegurado padece una enfermedad general o accidente que determine que tiene estado de invalidez, por lo que podrá recibir una remuneración superior al 50 por ciento de su salario recibido durante el último año.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión de invalidez?

  • Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del período de conservación de derechos, al declararse el estado de invalidez.
  • Para Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: que al declararse la invalidez el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones semanales.
  • Para régimen de la Ley del Seguro Social 1997: que el asegurado tenga acreditado el pago de un mínimo de 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75 por ciento o más, sólo se requerirá que tenga acreditada 150 semanas de cotización.
  • Dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios Médicos Institucionales, que acredite el estado de invalidez del asegurado. Este documento será proporcionado directamente por los servicios de Salud en el Trabajo correspondientes.
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Documentos para solicitar la pensión de invalidez

  • Identificación oficial con fotografía y firma
  • Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore, que contenga el número de seguridad social y el nombre del asegurado o pensionado.
  • Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión.
  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE, con una antigüedad no mayor a seis meses.
  • Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y clave bancaria.

PGG 

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