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Quién puede ser beneficiario de la pensión del Bienestar

El proyecto de la Pensión del Bienestar es un plan con el que se busca dar apoyos económicos y de protección social para una mejorar calidad de vida.

Redacción Monterrey, Nuevo León. /

En México la Pensión del Bienestar da apoyos económicos  y de protección social con el fin de mejorar las condiciones de vida y dar protección social principalente, y en este proyecto, a personas adultas. 

Además de entregar una pensión no contributiva se da acceso a grupos de crecimiento y jornadas informativas sobre temas de salud, da acceso a servicios y apoyos de instituciones como el INAPAM.



​En 2019 el Gobierno de México creó la pensión universal no contributiva denominada 'Pensión para el Bienestar de las peronas Adultas Mayores' que, luego de haber sido publicado en el Diario Oficial de la Federación se reformó y adicionó el artículo 4 de la constitución, el cual elevó a rango constitucional el derecho a la pensión no contributiva para las prsonas adultas mayores.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las mujeres y hombres en edad de 65 años de edad en adelante, de nacionalidad mexicanos -por nacimiento o con un mínimo de 25 años de residencia en el país-, que no reciban pensión mayor a 1,092.00 pesos mensuales por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo.


Cómo recibir el apoyo

La Unidad Responsable del Programa y la Delegación, en coordinación con la autoridad local y la Red Social, o a través de los medios de comunicación, avisarán a la población la fecha, hora y lugar donde se instalarán las Sedes de Atención para que la población Adulta Mayor que tiene interés en recibir los apoyos para que acudan a las Sedes a realizar su solicitud de incorporación al Programa y cumplir con los requisitos establecidos.

Requisitos

Persona solicitante adulta mayor:

  • Acta de nacimiento Documento de Identificación vigente
  • Credencial para votar o Pasaporte vigente o Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente 
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) 
  • Comprobante de domicilio (con un máximo de 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

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