AMLO queda libre de delitos electorales: TEPJF rechaza sancionarlo por intervenir en las elecciones
PAN pidió por primera vez, acabar con ‘trato diferenciado’ al presidente y sancionarlo como a gobernadores.
El Tribunal Electoral emitió una nueva sentencia definitiva, en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por intervención en las elecciones en cuatro mañaneras de febrero, pero rechazaron un trato diferenciado como acusó el PAN y la exigencia de acusar al mandatario ante el Congreso de la Unión para que lo sancione.
En un nuevo juicio por las mañaneras del 6 al 9 de febrero de este año, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia previa de la Sala Especializada que acreditó que el presidente violó la Constitución al vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; y que usó indebidamente recursos públicos.
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En sesión pública, concluyeron que “el contenido estaba relacionado con informes, logros de gobierno y apoyos a la continuidad del movimiento de transformación, las cuales se realizaron con el fin de adherir a la ciudadanía a un determinado proyecto político, por lo que se acredita la vulneración a los principios constitucionales denunciados” y “el empleo de recursos públicos de carácter material y humano en la elaboración y difusión de las conferencias, se usaron para un fin diverso al que estaban destinados”.
Pero en este juicio, por primera vez, el PAN alegó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está cayendo en un trato diferenciado con el presidente de la República, al dejarlo impune sin ningún tipo de sanción a pesar de acreditar reiterados ilícitos electorales.
Sesión Pública - Miércoles 24 Julio 2024 - TEPJF https://t.co/iSREi5gtYx
— TEPJF (@TEPJF_informa) July 24, 2024
El PAN sostuvo que los casos de todos los titulares de Ejecutivos debían tratarse de la misma manera y por lo tanto, si la Sala Especializada al acreditar responsabilidad de titulares de gubernaturas y fincarle infracciones en materia electoral, da vista a los congresos estatales para que se les impongan las sanciones correspondientes, se debe seguir el mismo proceso con el Ejecutivo Federal.
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Por lo que acusó que “incurren en un trato diferenciado e injustificado a favor del presidente de la República, respecto de otras personas servidoras públicas que ocupan un cargo de naturaleza similar”.
Sin embargo, la Sala Superior concluyó que el PAN parte de una premisa falsa porque, aunque los gobernadores y el presidente sean titulares del Poder Ejecutivo, la Constitución deja claro un trato diferenciado entre gubernaturas y Presidencia de la República, pues a nivel estatal el superior jerárquico automático para sancionar a las y los gobernadores sí son los congresos.
Mientras que el presidente de la República tiene un blindaje constitucional que sólo permite que se le investigue y finquen responsabilidades por delitos penales, que no es el caso del Tribunal Electoral ni en su Sala Especializada ni en la Sala Superior.
“Esta disposición no resulta aplicable porque los artículos 108 y 111 de la Constitución indican que el titular del Ejecutivo Federal únicamente puede ser imputado y juzgado por ilícitos de carácter penal por parte de las Cámaras del Congreso de la Unión. Y este criterio ha sido ampliamente reiterado.
Por lo que se confirmó que el presidente sí incurrió en ilícitos electorales, pero igual que en las sentencias anteriores, no pueden ser sancionados.
Además de que se acreditó al responsabilidad del vocero presidencial Jesús Ramírez y su equipo con los que organiza y transmite las mañaneras: el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE).
El jefe de Departamento adscrito a la Coordinación General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República; el director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y la directora General de Comunicación Digital del presidente de la República.
KGA
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