Dictan prisión preventiva a Jennifer 'N', presunta responsable de tragedia en TSM
La mujer podría ser imputada por homicidio doloso calificado con alevosía y ventaja, así como por lesiones leves, leves extendidas y gravísimas y que ponen en riesgo a la vida humana.; podría pasar hasta 60 años en la cárcel
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Jennifer 'N', de 25 años, presunta responsable de atropellar a aficionados del Monterrey afuera del TSM, será llevada al Centro de Rehabilitación Social Femenil de San Pedro de las Colonias luego de que un juez le dictó prisión preventiva justificada, en lo que se decide si será vinculada a proceso por los delitos de homicidio doloso calificado con alevosía y ventaja, así como por lesiones leves, leves extendidas y gravísimas y que ponen en riesgo a la vida humana.
Fue en la sala 4 del Centro de Justicia Penal que la defensa de la imputada y agentes del Ministerio Público mostraron pruebas ante el juez para determinar la culpabilidad o inocencia de Jennifer, quien es acusada también de daños dolosos en contra de las instalaciones del Club Santos Laguna
Jennifer 'N' es señalada de conducir la camioneta con placas del estado de Texas, Estados Unidos, al momento de la tragedia.
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Anteriormente el fiscal Gerardo Márquez Guevara dio a conocer que Jennifer y su pareja dieron positivo a la prueba de alcohol.
Luego de la presentación de las pruebas, las cuales integraban la declaración de la pareja sentimental de la imputada y quien aseguró ante los agentes del Ministerio Público que Jennifer 'N' radica y trabaja en Del Río, Texas, el juez dictó prisión preventiva justificada.
Asimismo, la defensa pidió la duplicidad del término de 144 horas, por lo que la próxima audiencia tendrá lugar el próximo lunes 29 de enero a las 9:30 de la mañana en el Centro de Justicia Penal.
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Desde los hechos ocurridos el pasado domingo 21 de enero, Jennifer y otras personas fueron detenidas y puestas a disposición del Ministerio Público como participantes del hecho, fueron trasladados a las celdas en donde les realizaron pruebas y les tomaron las declaraciones. Únicamente es a Jennifer a quien se le realiza la audiencia.
¿Cuál es la pena por homicidio en Coahuila?
Según el Código Penal del estado de Coahuila, las sanciones para el homicidio calificado, según el artículo 336, se aplicará prisión de dieciocho a cincuenta años y multa, si sólo se le condena hasta por tres circunstancias calificativas; pero si se le condena por más circunstancias calificativas (todas las circunstancias de lugar, tiempo, modo u ocasión que califican la conducta del sujeto activo), la pena máxima de prisión será de sesenta años y multa.
El homicidio doloso será calificado cuando se cometa con una o más de las circunstancias siguientes:
Ventaja: existe ventaja en cualquiera de los supuestos siguientes:
- Cuando el agente sea notoriamente superior en fuerza física a la víctima, o por el arma que aquél emplea, y la víctima no esté armada ni con otro instrumento o medio adecuado para lesionar, y tampoco los tenga a su alcance para tomarlos sin dificultad.
- Cuando respecto a la víctima el agente sea superior por el número de los que intervengan con él con acciones lesivas contra la víctima.
- Cuando el agente emplee un arma contra la víctima y ésta se halle en una situación que le impida o dificulte evitar la acción ofensiva.
- Cuando el agente ejerza violencia psicoemocional contra la víctima, de tal modo, que mediante aquélla le imposibilite o dificulte considerablemente su defensa
Con alevosía: existe alevosía cuando el agente comete el homicidio al sorprender intencionalmente de improviso a la víctima, impidiendo su defensa, o empleando intencionalmente acechanza que no le dé posibilidad de defenderse.
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¿Cómo se aplica la imputación objetiva de la acción?
Serle imputable a la persona autora como suyo, en tanto pueda estimársele ex-ante como configurado por su acción concretamente adecuada para producirlo, y no por el azar o la casualidad, ni por circunstancias extraordinarias no dominables por la acción.
¿Cuál es la pena por lesiones?
- Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
- Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
- Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
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