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Detienen por homicidio a médico que sacó de hospital a herido de bala en Chihuahua

Erick Emmanuel G. G. fue trasladado al Centro de Reinserción Social Estatal No. 4, donde quedará a disposición de las autoridades correspondientes.

Telediario Laguna Chihuahua. /

Elementos de la Agencia Estatal de Investigación, en coordinación con la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), detuvieron a Erick Emmanuel G. G. por su presunta responsabilidad en el delito de homicidio calificado en perjuicio de Alfredo E. R., bajo la Causa Penal número 543/2022.

Los hechos ocurrieron el 10 de julio de 2022 en las instalaciones de la Clínica del Seguro Social, donde la víctima se encontraba convaleciente tras recibir atención médica por una herida de proyectil de arma de fuego sufrida en un incidente en el municipio de Guadalupe y Calvo.

Aproximadamente a las 20:40 horas, Erick Emmanuel G. G., quien se desempeñaba como médico, en compañía de Ricardo R. M. y Marco Antonio H., sustrajeron a la víctima de la clínica sin reportar su salida y lo introdujeron en un vehículo particular. Cabe destacar que ambos acompañantes ya habían sido vinculados a proceso tras su detención en agosto del mismo año.

Paciente fue encontrado muerto en carretera Parral-Chihuahua

El día 11 de julio, el cuerpo sin vida de Alfredo E. R. fue localizado en la carretera Parral – Chihuahua, a la altura de la localidad de Maturana.

Derivado de estos hechos, se ejecutó una orden de aprehensión librada por el Juez del Sistema Penal Acusatorio en Funciones de Juez de Control del Distrito Judicial Hidalgo. Posteriormente, Erick Emmanuel G. G. fue trasladado al Centro de Reinserción Social Estatal No. 4, donde quedará a disposición de las autoridades correspondientes.

Cómo se castiga el homicidio calificado en el estado de Chihuahua

En el estado de Chihuahua, el homicidio calificado se sanciona según lo establecido en el Código Penal del Estado. El Artículo 127 de dicho código dispone que:

Para quienes cometan homicidio calificado conforme a las fracciones I, II, III, IV, VI, VII o XIII del Artículo 136, la pena es de 25 a 50 años de prisión.

Para quienes lo cometan conforme a las fracciones V, VIII, IX, X, XI o XII del mismo artículo, la sanción es de 50 a 70 años de prisión o prisión vitalicia.

Sin embargo, es importante destacar que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la pena de 50 a 70 años de prisión establecida en el segundo párrafo del Artículo 127 del Código Penal de Chihuahua. Esta decisión se basó en que dicha sanción resulta desproporcionada y contraria a los principios constitucionales de reinserción social y proporcionalidad de las penas.

Por lo tanto, aunque el Código Penal local aún contemple estas penas, la resolución de la Suprema Corte sienta un precedente que podría influir en la aplicación de sanciones más acordes con los principios constitucionales en casos futuros.

​EC

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