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Jueza evidencía presunta violencia institucional a mujer por falta de investigación en Coahuila

La juzgadora penal explicó que sí encontró indicios de probables hechos que violentaron no sólo sexual, sino patrimonial y psicológicamente a la víctima.

Maru Alvarado Saltillo, Coahuila. /

Una juez penal evidenció durante un juicio oral que la Fiscalía General de Coahuila pudo violentar institucionalmente a una mujer ante la falta de investigación con perspectiva de género, lo que ocasionó que el presunto agresor quedara libre de culpa.

María Antonieta Leal Cota, juez penal, explicó que sí encontró indicios de probables hechos que violentaron no sólo sexual, sino patrimonial y psicológicamente a la mujer; víctima de José Francisco ‘N’, pero que debido a que el Ministerio Público no realizó todos los actos de investigación sobre los dichos de la víctima y sólo se enfocó en uno sin las premisas fácticas, es que se llegó a un veredicto en el que el hombre señalado como agresor, libró una sentencia penal.

"Esta juzgadora no pasa por alto que, de acuerdo a los testimonios del testigo Daniel, el adolescente y la víctima, pudiésemos hablar de diversos tipos de violencia; violencia física, violencia psicológica, violencia patrimonial, violencia económica, y se pudiera advertir una probabilidad de la existencia de esos hechos, ¿pero qué ocurrió aquí?, que la acusación no comprende premisas fácticas relativas a esos hechos", detalló la juez.

De acuerdo a Leal Cota, el Ministerio Público pudo corregir y ampliar a idea de la investigación, sobre todo antes de la formulación de la acusación, para que en la complementaria se abordara todo el contexto de violencia referido por la víctima y realizar todos los actos de investigación necesarios, que dieran como resultado las pruebas suficientes para acreditar más allá de toda duda razonable que todos los hechos narrados por la víctima estaban probados.

"No se contiene otro tipo de violencia, esto es consecuencia obviamente de una falta de investigación, ¿por qué?, porque de acuerdo con lo que nos da a conocer la víctima al narrar su contexto de vida, que claro que importa, porque es como yo puedo advertir lo que probablemente ha ocurrido, porque no sabemos si ocurrió o no, porque la acusación no está comprendida esos hechos, pues se advierte este tipo de violencia a la que ha hecho alusión a violencia psicológica, celotipia, insultos humillaciones, infidelidades, violencia patrimonial cuando disponía de su vehículo, etcétera”, dijo.
"Sin embargo, ante esta imposibilidad legal constitucional no me puedo pronunciar respecto a esos hechos porque simple y sencillamente no fueron materia de acusación, esto viene como resultado de una falta de investigación, porque si hay una víctima señalando todo un contexto de vida donde existe violencia, la obligación el Ministerio Público es realizar una investigación conforme la línea que está marcando la propia víctima”.

La violencia institucional son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen, utilicen estereotipos de género o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.

"Al no hacerse así, esta juzgadora considera que además la víctima pudo haber sido objeto de violencia institucional, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley General de Acceso a las mujeres a una vida libre de violencia”, explicó.

“Las investigaciones se tienen que hacer con perspectiva de género cuando se trata de mujeres. En este sentido, esta juzgadora advierte esa situación, pero esto no es obstáculo para que esta juzgadora quebrante los principios fundamentales del proceso penal acusatorio y condenar al acusado por hechos que no fueron materia de acusación, como consecuencia de todo lo anterior, reitero la decisión o el fallo al que he llegado es un fallo de absolución".

La juez solicitó que el Ministerio Público se mantenga alerta de la situación de la víctima, por si de nueva cuenta la mujer es violentada por el hombre que quedó libre de acusación y sin medidas cautelares por omisiones de la autoridad que debió defender a una víctima.




KM


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